La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó, el pasado 10 de julio de 2026 mediante la sentencia SEP104-2026, la condena de 40 meses y 15 días de prisión impuesta al excongresista Germán Alonso Olano Becerra por su responsabilidad en el delito de interés indebido en la celebración de contratos, dentro del escándalo conocido como el “carrusel de la contratación” de Bogotá. El fallo, que ratifica la decisión tomada por la Sala Especial de Primera Instancia, también mantiene la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 48 meses y 28 días, así como una multa de 44,53 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a aproximadamente 77’967.000 pesos.
La investigación estableció que Olano Becerra, quien se desempeñaba como representante a la Cámara, adelantó gestiones irregulares con diferentes servidores públicos para favorecer al Grupo Nule en la adjudicación del contrato N° 137 de 2007 del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), destinado a la construcción de la Fase III de TransMilenio en el corredor de la calle 26. Según lo documentado por el ente investigador, el excongresista llegó a acuerdos con Miguel Eduardo Nule Velilla y el contratista Héctor Julio Gómez González para beneficiar a la Unión Temporal Transvial, y posteriormente intervino ante el entonces contralor distrital Miguel Ángel Morales Russi con el propósito de impedir el control fiscal durante la etapa de ejecución del proyecto. Las pruebas que sustentaron la condena incluyeron testimonios, documentos licitatorios, información financiera, soportes de pago y una grabación que evidencia las gestiones del excongresista.
La Corte desestimó los argumentos de la defensa
La defensa de Olano Becerra había apelado la sentencia argumentando la prescripción de la acción penal y una presunta violación del principio de non bis in idem, solicitando la revocatoria del fallo y la absolución del procesado. Sin embargo, la Corte Suprema desestimó cada uno de estos planteamientos. En su análisis, el alto tribunal determinó que la calidad de interviniente del excongresista no excluía el incremento prescriptivo previsto para los servidores públicos, y que al aplicar las reglas sobre cómputo, suspensión e interrupción, la acción penal no había prescrito durante la instrucción ni se había extinguido en el curso del juzgamiento. La Corte también negó las solicitudes de suspensión condicional de la pena y de prisión domiciliaria, ordenando la captura inmediata del excongresista.
«En definitiva, no prospera el alegato en relación con la prescripción. La calidad de interviniente no excluye el incremento prescriptivo previsto para el servidor público y, aplicadas las reglas sobre cómputo, suspensión e interrupción, se concluye que la acción penal no prescribió durante la instrucción. Tampoco se ha extinguido en el curso del juzgamiento»
Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia
El alto tribunal también precisó que el ente investigador le atribuyó a Germán Alonso Olano Becerra un interés indebido en el contrato N° 137 de 2007, el cual se exteriorizó en dos momentos diferenciados. El primero correspondió a las actuaciones encaminadas a favorecer la adjudicación del contrato a la Unión Temporal Transvial, mientras que el segundo se materializó a través de gestiones orientadas a impedir el control fiscal durante la ejecución de la obra. Esta doble manifestación del interés indebido fue clave para estructurar la responsabilidad penal del excongresista, quien además deberá pagar una indemnización por daños materiales ascendente a 3.436’759.367,21 pesos a favor del IDU.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia representa un nuevo capítulo en el esclarecimiento del “carrusel de la contratación”, uno de los escándalos de corrupción más graves que afectaron al sistema de transporte masivo de Bogotá. La condena confirmada contra Olano Becerra evidencia la determinación del sistema judicial colombiano por sancionar a todos los involucrados en las irregularidades que rodearon los contratos de TransMilenio, independientemente de su posición política o influencia en la época de los hechos.










