El presidente Abelardo de la Espriella expidió 15 decretos derivados de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada tras el terremoto del 10 de agosto, con medidas que abarcan salud, transporte, vivienda, impuestos y empleo. La iniciativa del Gobierno busca atender la crisis en 16 departamentos afectados, entre ellos Valle del Cauca, Chocó, Caldas y Risaralda, donde el sismo dejó un saldo de 331 fallecidos, 4.505 heridos, 111 desaparecidos, 36.327 viviendas destruidas y 201.939 averiadas. La emergencia fue formalizada mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto, modificado posteriormente por el Decreto 1348 del 31 de agosto.
Las afectaciones reportadas hasta el momento incluyen 743 edificios colapsados, 6.383 averiados, 521 vías afectadas, 102 puentes vehiculares dañados y 141 acueductos con daños. El impacto económico inicial se estima en al menos 30 billones de pesos, equivalente al 1,5 % del producto interno bruto. Hasta el 25 de agosto, 30.449 empresas y unidades productivas reportaron afectaciones, con pérdidas potenciales que oscilan entre 3,6 y 10,7 billones de pesos. De estas unidades, el 40,4 % no estaba en condiciones de operar, y los empleos expuestos al riesgo suman entre 627.000 y 1,9 millones, aunque no todos corresponden a puestos perdidos.
Medidas para la recuperación económica y social
El Decreto 1412 incorpora 624.656 millones de pesos al Presupuesto General de la Nación de 2026, provenientes de un crédito externo por 200 millones de dólares. Estos recursos serán administrados a través del Fondo Milagro, creado para articular la inversión extranjera con la reconstrucción. En materia empresarial, el Decreto 1418 establece medidas para micro, pequeñas y medianas empresas, comerciantes, trabajadores independientes y unidades productivas afectadas. Las Cámaras de Comercio podrán dirigir los aportes de 2026 y 2027 a programas de recuperación, mientras que las sociedades damnificadas accederán durante un año a fusiones abreviadas, venta de activos, disminución de capital, emisión de acciones y pago de dividendos en títulos, siempre que los recursos de la emisión se destinen a reposición de activos, capital de trabajo o restablecimiento de operaciones.
En el sector de vivienda, el Decreto 1422 flexibiliza el acceso a subsidios familiares. Los hogares damnificados con ingresos inferiores a cuatro salarios mínimos tienen prioridad, y los subsidios de diversas fuentes podrán concurrir hasta cubrir el 100 % del valor de la solución habitacional. La cuantificación de pérdidas aún está en desarrollo, y el Gobierno ha anunciado que se adoptarán más medidas tributarias, aduaneras y de contratación estatal en los próximos días para completar el paquete de emergencia.










