Corte Constitucional resolverá conflicto por investigación de Uribe

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La Sala Plena de la Corte Constitucional, bajo la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, resolverá el próximo lunes 9 de noviembre el conflicto de competencias identificado con el número CJU-7957, que enfrenta a la Fiscalía General de la Nación y a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes por la investigación del expresidente Álvaro Uribe Vélez por el presunto delito de concierto para delinquir agravado. La disputa institucional se centra en la interpretación del alcance del fuero presidencial y la competencia temporal sobre los hechos investigados.

Mientras la Comisión de Investigación y Acusación argumenta que las conductas que se le imputan al exmandatario se habrían extendido hasta el año 2003, período en el que Uribe ya ostentaba la presidencia de la República, la Fiscalía General sostiene que los hechos ocurrieron entre 1995 y 1997, cuando Uribe se desempeñaba como gobernador de Antioquia. La Comisión aprobó por unanimidad el reclamo del expediente el 19 de agosto de 2026, reafirmando su postura de que el fuero presidencial le otorga la competencia para adelantar el proceso. La Corte, sin embargo, no se pronunciará sobre la responsabilidad penal del expresidente, sino que se limitará a definir qué institución debe investigar.

Uribe Vélez fue gobernador de Antioquia entre 1995 y 1997 y presidente de Colombia en dos períodos consecutivos, de 2002 a 2010. El caso que ahora enfrenta a la Fiscalía y a la Comisión se originó por la presunta comisión del delito de concierto para delinquir agravado, y la decisión de la Corte será clave para determinar el rumbo de la investigación.

También en la agenda de la Corte: demanda contra el Plan Nacional de Desarrollo

En la misma sesión, la Sala Plena abordará el expediente D-16118, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel Cabo, relacionado con una demanda contra el artículo 32 de la Ley 2294 de 2023, que corresponde al Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida”. La norma faculta al Gobierno nacional, a través del Ministerio de Agricultura y la Upra, para identificar y delimitar las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (Appa) y las Zonas de Reserva Campesina. Según los demandantes y gremios como la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), esta medida podría afectar la autonomía municipal en la planificación y ordenamiento del uso del suelo.

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