Con esta ley se busca que mujeres condenadas por delitos cometidos en contexto de marginalidad cumplan su condena con servicio comunitario
- La fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón, trazó lineamientos para que los fiscales impulsen y soliciten a las autoridades judiciales aplicar las medidas y beneficios de la Ley de Utilidad Pública (Ley 2292 de 2023) en el desarrollo de los procesos penales y la emisión de las sentencias.
- La ministra de Justicia y del Derecho, Ángela María Buitrago Ruiz, dijo que el Ministerio le va a llevar un kit de asesoría jurídica a todas las mujeres privadas de la libertad para que sepan si cumplen con los requisitos de la Ley de Utilidad Pública y la ruta que deben seguir para solicitarlo. Además, entregará con la Defensoría una guía con herramientas pedagógicas a las autoridades judiciales, asistentes sociales de juzgados y defensores públicos para profundizar la comprensión sobre los conceptos de marginalidad y mujer cabeza de hogar que trae la Ley de Utilidad Pública.
- La defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, expidió la Resolución Defensorial No. 003 de 2024, con la que imparte instrucciones y orientaciones a sus defensores públicos, autoridades judiciales, entre otros, para interpretar la ley de utilidad pública con enfoque de género, para así ampliar la aplicación de esta medida alternativa a la prisión.
La Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón; la ministra de Justicia y del Derecho, Ángela María Buitrago Ruiz, y la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, presentaron desde la penitenciaría El Buen Pastor una serie de acciones concretas para facilitar que mujeres privadas de la libertad puedan pagar su condena con servicios comunitarios, como lo establece la Ley de Utilidad Pública, sin tener que cumplir su pena en prisión.
A la fecha, 105 mujeres han salido en libertad por beneficio de la Ley de Utilidad Pública (Ley 2292 de 2023) y se tienen habilitados 2.549 cupos en todo el país para que más mujeres puedan cumplir su condena con servicios comunitarios con alguno de los 27 aliados que tiene el Ministerio de Justicia y del Derecho, entre organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales (ONG) y entidades públicas.
Según las cifras suministradas por las funcionarias, en Colombia hay 5.942 mujeres que podrían beneficiarse con esta medida, de las cuales solo en el Buen Pastor de Bogotá hay unas 1.423 mujeres que serían potencialmente beneficiarias de la Ley de Utilidad Pública.
Mediante la Directiva 0002 de 2024, la fiscal general Luz Adriana Camargo precisó el ámbito de aplicación, los criterios de valoración, la diferencia entre condiciones de marginalidad y circunstancias de menor punibilidad, los procesos penales en los cuales son aplicables los beneficios dispuestos por la Ley de Utilidad Pública y los distintos escenarios y momentos en los que los fiscales deben concretar la aplicación de esta norma, para humanizar la actuación procesal y lograr pronta y cumplida justicia.
Le Ley 2292 de 2023 dispuso acciones afirmativas en materia de política criminal y penitenciaria para las mujeres cabeza de familia condenadas por determinados delitos y aquellos cuya pena sea igual o inferior a 8 años de prisión, siempre que se demuestre que su conducta se asocia a condiciones de marginalidad que afectan la manutención del hogar, y quienes, bajo ciertos requisitos contenidos en la norma, podrán obtener como medida sustitutiva de la pena de prisión, de oficio o a petición de parte, el servicio de utilidad pública.
Fuente: Fiscalía General de la Nación