Corte Constitucional ordena retirar crucifijos y símbolos religiosos de despachos judiciales en Colombia

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La Corte Constitucional de Colombia emitió una sentencia histórica: ordenó a los juzgados de todo el país retirar los crucifijos y cualquier otro elemento religioso de los lugares donde se adoptan decisiones judiciales, salvo que exista una justificación secular clara y suficiente que respalde su presencia. La sentencia SU-454/25, publicada el 6 de noviembre de 2025, dispone que estos símbolos deben ser removidos de despachos y salas de deliberación para reforzar la neutralidad del Estado en materia religiosa y garantizar la igualdad de todos los ciudadanos ante la justicia. El fallo se articula en un contexto en el que el crucifijo estuvo presente en la Sala Plena de la Corte desde 1999 hasta su retiro en 2024, y que fue entregado a la Arquidiócesis de Bogotá ese año.

La decisión surge de una acción de tutela presentada por un ciudadano que buscaba retirar el crucifijo de la Sala Plena; la Corte negó aquella solicitud en 2022, al considerar que el símbolo tenía un carácter cultural e histórico. En 2024, el crucifijo fue recibido por la Arquidiócesis de Bogotá y los magistrados que participaron en la resolución para mantenerlo se declararon impedidos para resolver el caso. La composición de la Sala Plena, integrada por ocho magistrados, cuatro titulares y cuatro conjueces, ya no impide que se apliquen criterios de neutralidad más rigurosos; con la SU-454/25 se establece que la presencia de símbolos religiosos debe estar justificada por razones seculares claras y suficientes para no menoscabar la igualdad ante la ley.

La neutralidad como eje de la decisión

La Corte dejó en claro que ningún servidor público puede respaldar o promover expresiones que representen una religión específica, y que cualquier símbolo religioso presente en espacios estatales debe responder a criterios de neutralidad y a una justificación secular robusta. La sentencia SU-454/25 define estándares de laicidad para los espacios donde se toman decisiones judiciales, con especial énfasis en despachos y salas de deliberación, para fortalecer la confianza ciudadana en la imparcialidad de la justicia. El crucifijo, que estuvo en la Sala Plena durante más de dos décadas, fue entregado a la Arquidiócesis de Bogotá en 2024 y, según la resolución, su presencia ya no se justificaría salvo excepciones claramente secularizadas.

«ningún servidor público puede respaldar o promover expresiones que representen una religión específica» – Corte Constitucional

Este fallo tiene efectos prácticos y de alta repercusión para los despachos judiciales y para la percepción pública de la imparcialidad de la justicia. A partir de la publicación de la SU-454/25, cualquier símbolo religioso en espacios estatales deberá estar respaldado por criterios seculares verificables, lo que fortalece la confianza de los ciudadanos en la igualdad ante la ley y en la neutralidad institucional de las decisiones judiciales en Colombia.

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