Blessd y tres más fueron imputados por secuestro extorsivo

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El cantante colombiano Stiven Mesa Londoño, conocido artísticamente como Blessd, junto a otras tres personas, fue imputado este 11 de junio por el delito de secuestro extorsivo. La audiencia, que debía continuar el mismo día, fue aplazada y se reanudará el próximo 12 de junio. Los imputados son Sebastián Jaramillo Moran, representante del artista; Laura Moreno Restrepo, su exabogada; y Julián David Giraldo. Los cuatro se declararon inocentes de los cargos formulados por la Fiscalía.

Los hechos que llevaron a esta imputación ocurrieron en junio de 2022. Según el denunciante, dos trabajadores de Blessd lo retuvieron luego de que este reclamara por haber representado al imitador del artista. La víctima asegura que recibió mensajes intimidatorios directamente de Blessd y que durante el tiempo que estuvo retenido le hicieron exigencias económicas. La Fiscalía vincula al artista con la privación de la libertad de una persona con el propósito de obtener un beneficio económico, lo que configura el delito de secuestro extorsivo.

La defensa de Blessd, ejercida por los abogados Santiago Trespalacios y Andrés Arango, ha afirmado que el artista no estuvo presente ni participó en la reunión de 2022. Según su versión, se había acordado una justicia restaurativa que la víctima incumplió. La Fiscalía, por su parte, evaluará en la próxima audiencia si solicita medidas de aseguramiento contra los implicados.

Las implicaciones legales del secuestro extorsivo

El abogado penalista Johan Montenegro explicó en detalle el marco legal del delito imputado.

«El delito de secuestro extorsivo está tipificado en el artículo 169 del Código Penal. Esta conducta implica privar de la libertad a una persona con el propósito de obtener un provecho económico o de cualquier otra índole, ya sea para sí mismo o para un tercero. La pena prevista para este delito es de 25 a 40 años de prisión. Si el secuestro termina con la muerte o lesiones graves de la víctima, la condena sería mayor.»

Johan Montenegro, abogado penalista

Montenegro añadió que existen agravantes como la participación de varias personas, el uso de violencia excesiva, el empleo de armas o la afectación a menores, que pueden incrementar la pena, aunque esto se definirá tras la valoración de las pruebas. En el caso actual, al no haber aceptación de cargos, no aplica la rebaja de entre el 33% y el 50% de la pena final que establece la ley para quien se allana a los cargos.

La defensa de Blessd emitió un comunicado en el que señala que existe desinformación sobre el caso y que ejercerán acciones legales. Mientras tanto, la audiencia aplazada para el 12 de junio será clave para definir el futuro procesal de los cuatro imputados.

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