La Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Movilidad, informó que este lunes 26 de octubre rige la restricción vehicular conocida como Pico y Placa para automóviles particulares. En esta jornada, la medida aplica para los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 o 5, en el horario comprendido entre las 6:00 y las 21:00 horas. La restricción, que se implementa en todas las calles de la capital colombiana, tiene como objetivo reducir la circulación de automóviles, disminuir el tráfico vehicular y bajar los niveles de contaminación ambiental, y está vigente desde 1998.
De acuerdo con la normativa general, los días pares no pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5, mientras que en los días impares la restricción aplica para las terminaciones 6, 7, 8, 9 y 0. El horario de restricción se mantiene de lunes a viernes, exceptuando fines de semana y festivos, de 6:00 a 21:00 horas. Quienes violen la medida se enfrentan a una multa de 522.900 pesos colombianos, correspondiente a la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, además de la inmovilización del vehículo.
Exenciones y alternativas
Existen diversas exenciones a la restricción. Están exentos los vehículos eléctricos, híbridos y de cero emisiones, así como motocicletas, vehículos de servicio diplomático, funerarias, emergencia y seguridad, transporte de personas con discapacidad, control de tráfico, grúas, medios de comunicación, autoridades judiciales, transporte escolar y vehículos de enseñanza automovilística. También pueden circular los vehículos con tres o más ocupantes, siempre que cuenten con el registro previo ante la Secretaría Distrital de Movilidad. Para taxis y vehículos de transporte especial, la restricción se aplica de lunes a viernes por pares de dígitos: 1 y 2, 3 y 4, 5 y 6, 7 y 8, 9 y 0. Adicionalmente, el programa Pico y Placa Solidario permite a los conductores circular en días restringidos a cambio de un aporte económico que se destina al Sistema Integrado de Transporte Público.
Restricción para vehículos de carga y Pico y Placa Regional
En cuanto a los vehículos de carga, solo pueden transitar los sábados, condicionado al peso y antigüedad del transporte. Asimismo, el Pico y Placa Regional aplica el último día de todos los puentes festivos en nueve corredores de ingreso a la ciudad. En estos corredores, si el vehículo tiene placa terminada en dígito impar, la restricción rige de 12:00 a 16:00 horas; si es par, de 16:00 a 20:00 horas.
Los corredores afectados por el Pico y Placa Regional son la Autopista Norte, desde el peaje Andes hasta el portal Norte; la Autopista Sur, desde el límite de Soacha hasta la avenida Boyacá; la Avenida Centenario o calle 13, desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali; la Avenida Calle 80, desde el puente de Guadua hasta el portal 80; la Avenida Carrera 7, desde la calle 245 hasta la calle 183; la Avenida Boyacá vía al Llano, desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano; la Vía Suba Cota, desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170; la Vía la Calera, desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7; y la Vía a Choachí, desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar. En estos corredores están exceptuados los vehículos con tres o más ocupantes, el personal médico y los titulares del Pico y Placa Solidario. El uso de grúa o vehículo particular exento por ocupación de tres o más personas aplica desde el inicio y hasta el fin del viaje.
De esta manera, la Alcaldía de Bogotá continúa aplicando una medida que, con más de dos décadas de vigencia, busca mitigar los problemas de movilidad y contaminación en la capital colombiana.










