La Alcaldía de Cartagena, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), informó que la medida de restricción vehicular conocida como Pico y Placa se aplicará con normalidad este viernes 7 de agosto. De acuerdo con la normativa vigente, los vehículos particulares y las motocicletas cuyas placas terminen en los dígitos 5 y 6 serán los que no podrán circular durante las horas pico establecidas. Para los automóviles particulares, la restricción aplica en dos franjas horarias: de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 18:00 a 20:00 horas. En el caso de las motos, la limitación se extiende durante un periodo más amplio, desde las 5:00 hasta las 23:00 horas. Es importante destacar que los taxis se encuentran exentos de esta medida para la jornada del viernes.
El calendario de restricciones para el año 2026 establece un sistema de rotación por periodos. Del 16 de enero al 27 de marzo, los dígitos restringidos los lunes son el 5 y 6; los martes, el 7 y 8; los miércoles, el 9 y 0; los jueves, el 1 y 2; y los viernes, el 3 y 4. Sin embargo, el artículo detalla que para el viernes 7 de agosto, que cae dentro del tercer periodo de rotación (del 30 de junio al 2 de octubre), la combinación cambia: los viernes deben dejar de circular los vehículos con placas terminadas en 7 y 8. A pesar de lo anterior, la información proporcionada directamente por el DATT para este viernes específico indica que la restricción es para los dígitos 5 y 6, lo que sugiere una posible actualización o modificación puntual en el calendario habitual para esa fecha de 2026.
Multas y excepciones en la medida
La Alcaldía de Cartagena recordó que el incumplimiento de la medida de Pico y Placa conlleva una sanción económica. La multa establecida para los conductores que infrinjan esta restricción es equivalente a 15 días del salario mínimo legal diario vigente, que para el año 2026 se calcula en 47.450 pesos colombianos, resultando en un valor total de 711.750 pesos. Además de la multa, el vehículo será inmovilizado y trasladado a las instalaciones de los patios oficiales, lo que implica un costo adicional para el propietario. Las autoridades advirtieron que esta medida se aplica de lunes a viernes, quedando excluidos los días domingos y los festivos.
Existen varias excepciones a la restricción del Pico y Placa. Los vehículos que cuentan con el Permiso Especial de Acceso a la Zona de Restricción Vehicular están autorizados a circular durante las horas restringidas. Asimismo, están exentos los automóviles considerados como de uso oficial, los pertenecientes a cuerpos de emergencia y rescate, los destinados al traslado de órganos y tejidos, los de control de tráfico y grúas, y aquellos dedicados a la recolección de residuos hospitalarios. También se incluyen en esta lista los vehículos de medios de comunicación, los de servicios turísticos debidamente registrados y los destinados a la enseñanza automovilística. Para obtener la exención, los propietarios de estos vehículos deben presentar una solicitud formal ante el DATT, junto con la documentación que acredite su condición, y demostrar que se encuentran al día con el paz y salvo de multas e impuestos vehiculares.












