En un fallo de primera instancia que marca un hito en la judicialización de los abusos policiales durante el estallido social, dos expatrulleros de la Policía Nacional fueron condenados por la muerte del ciudadano venezolano Anthony Gabriel Estrada Espinoza, ocurrida el 9 de septiembre de 2020 en el municipio de Soacha, Cundinamarca. El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca impuso 18 años de prisión a Óscar Alexander Márquez Rojas, responsable del disparo que acabó con la vida del joven, mientras que su compañero Wilmer Andrés Ricaurte Pinilla recibió una condena de 4 años y 2 meses por alterar las pruebas del crimen. La sentencia, anunciada el 19 de junio de 2024, establece que Márquez Rojas no gozará de ningún beneficio como prisión domiciliaria o suspensión condicional de la pena, en un caso que evidenció un uso sistemático y encubierto de fuerza letal por parte de agentes estatales.
Los hechos ocurrieron en la localidad de Ciudad Verde, cerca de la estación de policía, en el marco de las protestas del estallido social que sacudieron al país. Según la investigación adelantada por la Fiscalía, que incluyó rigurosos análisis balísticos y testimonios, Márquez Rojas disparó su arma de dotación, una pistola SIG Sauer, contra los manifestantes. Uno de los proyectiles impactó en el tórax izquierdo de Estrada Espinoza, atravesando la cavidad torácica y causando lesiones fatales en sus pulmones y estructuras cardíacas. Lo más grave del caso, señalado por el fallo, es que ambos agentes intentaron ocultar su responsabilidad: reportaron falsamente la devolución completa de la munición, una maniobra que buscaba borrar cualquier evidencia del crimen.
Condenas ejemplarizantes en medio de críticas a la Policía
La condena a 18 años de prisión para Márquez Rojas fue por homicidio en concurso heterogéneo con ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio, mientras que Ricaurte Pinilla fue sentenciado únicamente por el delito de ocultamiento de pruebas, con posibilidad de acceder a prisión domiciliaria. Los hechos se produjeron durante las violentas jornadas del 9 y 10 de septiembre en Soacha y Bogotá, donde 13 personas perdieron la vida. De los 87 agentes que hicieron uso de munición esas noches, solo tres han sido imputados hasta el momento, lo que evidencia una impunidad casi absoluta en la mayoría de los casos. El Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar), que representa a las víctimas, ha insistido en la necesidad de «garantizar verdad, justicia y reparación integral» en todos los episodios de violencia estatal registrados durante el estallido.
La sentencia, que aún admite recursos de ley, representa un precedente importante para las familias de las víctimas que continúan buscando justicia. El Cajar ha documentado que durante esas protestas se registraron disparos de agentes hacia áreas residenciales y viviendas civiles, una práctica que el fallo calificó como sistemática. La organización ha solicitado reformas estructurales en la Policía Nacional, la prohibición del uso de armas de fuego en manifestaciones y garantías de no repetición. Otras víctimas de esas mismas jornadas, cuyos casos permanecen en la impunidad, incluyen a Cristhian Andrés Hurtado, Julieth Ramírez Mesa, Angie Paola Baquero Rojas, Lorwan Stiwen Mendoza, Freddy Alexander Mahecha, entre otros 10 ciudadanos cuyas muertes aún claman por justicia.
«La necesidad de garantizar verdad, justicia y reparación integral en todos los casos»
Colectivo de Abogados y Abogadas José Alvear Restrepo (Cajar)
La condena a los expatrulleros de Soacha no solo reivindica la memoria de Anthony Gabriel Estrada Espinoza, un joven venezolano que buscaba un mejor futuro en Colombia, sino que expone las graves fallas estructurales en los mecanismos de control de la fuerza pública durante el estallido social de 2020. Mientras el país espera que esta decisión judicial siente un precedente para las demás víctimas, el proceso demuestra que, aunque lenta y parcial, la justicia puede llegar incluso cuando el Estado intenta ocultar sus propios crímenes.












