El Consejo de Estado, a través de su Sección Tercera, admitió el pasado 26 de junio una demanda presentada por la Fundación para el Estado de derecho (FEDe) que busca la nulidad de los decretos y resoluciones emitidos durante el Gobierno de Gustavo Petro que congelaron y luego ajustaron gradualmente las tarifas de los peajes en todo el país. La noticia, conocida el miércoles 8 de julio, desempolva un debate jurídico y fiscal de gran calado, pues la demanda sostiene que las medidas adoptadas por la Presidencia de la República, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Transporte alteraron unilateralmente las condiciones económicas de los contratos de concesión vial, generando un pasivo potencial para el Estado superior a 1,02 billones de pesos.
La demanda de FEDe, que fue corregida tras una inadmisión previa, apunta contra los Decretos 0050 y 2287 de 2023, así como contra tres resoluciones del Ministerio de Transporte de 2024. La fundación argumenta que estas disposiciones violaron principios fundamentales como la seguridad jurídica, la buena fe, la confianza legítima y la sostenibilidad fiscal, además de carecer de un soporte técnico, económico y fiscal sólido. Aunque los decretos ya no se encuentran vigentes, los efectos económicos de las medidas persisten, ya que el pasivo se generó anualmente y el Gobierno no lo ha reconocido formalmente. La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y el Instituto Nacional de Vías (Invías) fueron vinculados al proceso como entidades que deberán rendir cuentas sobre el impacto de las decisiones.
Compensaciones millonarias y ajustes graduales
El auto de admisión del Consejo de Estado no se pronunció aún sobre la solicitud de suspensión provisional de los actos demandados, pero el proceso avanza para un estudio de fondo. Hasta mayo de 2025, según datos de la ANI, se habían pagado 494.369 millones de pesos en compensaciones asociadas al congelamiento de tarifas. En un caso particular, un laudo arbitral ya condenó a la ANI a pagar más de 94.600 millones de pesos por la modificación unilateral de un contrato de concesión. El ajuste gradual dispuesto por el Ministerio de Transporte estableció un incremento del 50% del IPC de 2023 (9,28 por ciento), equivalente a un 4,64 por ciento, aplicado en varias etapas desde agosto de 2024 hasta abril de 2025.
La demanda de FEDe invoca el artículo 21 de la Ley 105 de 1993, que exige que la fórmula tarifaria garantice la operación, el mantenimiento y el desarrollo de la infraestructura vial, aspectos que, según la fundación, fueron ignorados en las decisiones gubernamentales. Aunque la demanda fue inicialmente inadmitida en febrero de 2026 para que FEDe corrigiera el escrito y ajustara la coherencia entre los cargos y los apartes demandados, la organización presentó pretensiones subsidiarias. En caso de que no prospere la nulidad total, se busca invalidar artículos específicos vinculados al congelamiento y al mecanismo de incrementos graduales. El proceso, que ahora entra en su etapa de estudio, promete arrojar luz sobre la responsabilidad del Estado en la alteración de las condiciones contractuales y el impacto fiscal de las decisiones de política pública.












