Consejo de Estado avala ZUT para el Clan del Golfo en Chocó y Córdoba

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El Consejo de Estado, en decisión del jueves, avaló mediante una medida cautelar la creación de las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) para miembros del Clan del Golfo en los departamentos de Chocó y Córdoba, dejando en firme la resolución presidencial que las autoriza mientras se analiza el fondo del caso. El alto tribunal, con ponencia del magistrado Carlos Mantilla, desestimó una demanda que buscaba la suspensión inmediata de estas zonas, al no encontrar una vulneración de la norma que justificara tal medida.

Las ZUT, ubicadas en Belén de Bajirá y Unguía (Chocó) y en Tierralta (Córdoba), fueron creadas el 22 de diciembre de 2025 mediante resolución presidencial, como parte de la estrategia del Gobierno de Gustavo Petro para facilitar el diálogo de paz con el grupo armado autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, reconocido como Grupo Armado Organizado (GAO). La operación de estas zonas se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, y se espera que al menos 40 hombres del Clan del Golfo entreguen sus armas y se reincorporen a la vida civil.

Los argumentos de la demanda y la respuesta del Consejo de Estado

El abogado Mauricio Pava, quien presentó la demanda, sostuvo que el presidente Petro solo podría establecer Zonas de Ubicación Temporal en el marco de negociaciones si el Congreso de la República hubiese expedido previamente una ley que reglamentara estos procesos. Pava se apoyó en la Sentencia C-525 de 2023 de la Corte Constitucional para argumentar que la creación requería una ley de sometimiento a la justicia, requisito que el Consejo de Estado consideró no aplicable al Clan del Golfo por ser reconocido como GAO y no como estructura de crimen de alto impacto.

En su intervención, el abogado también advirtió que el 25 de junio se iban a trasladar los grupos al margen de la ley a estos territorios, y que no había claridad sobre aspectos fundamentales como la entrega de armas, los mecanismos de monitoreo, el control gubernamental o las garantías para las comunidades que habitan esas zonas. Sin embargo, el magistrado Carlos Mantilla señaló que no se evidenció una vulneración de la norma que justifique suspender la resolución expedida por la Presidencia de la República, mientras se decide de fondo la demanda.

«No se evidenció una vulneración de la norma que justifique suspender la resolución expedida por la Presidencia de la República, mientras se decide de fondo la demanda»

Carlos Mantilla, magistrado del Consejo de Estado

El Gobierno, por su parte, defendió que la petición de suspensión no cumplía con los criterios de apariencia del buen derecho, representaba un riesgo de daño grave o inminente y no cumplía con la carga argumentativa para solicitar esa medida. El presidente Gustavo Petro reafirmó su postura al señalar que los diálogos sociojurídicos con organizaciones armadas ilegales se hacen bajo leyes existentes y con el objetivo de acortar la violencia y el asesinato en Colombia, y que la vida es el eje de la política gubernamental hasta el 6 de agosto.

«Diálogos sociojurídicos con organizaciones armadas ilegales se hacen bajo leyes existentes y con el objetivo de acortar la violencia y el asesinato en Colombia. Es la vida el eje de la política gubernamental y así será hasta el 6 de agosto»

Gustavo Petro, presidente de Colombia

Las conversaciones entre el Estado y el Clan del Golfo comenzaron en Doha, Catar, país que sirvió como garante en este proceso. La medida cautelar del Consejo de Estado resuelve provisionalmente mientras se analiza el caso de fondo, lo que deja en firme la hoja de ruta del Gobierno para avanzar en los diálogos sociojurídicos con este grupo armado organizado.

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