Corte Suprema ratifica condena por violencia intrafamiliar en Itagüí, Antioquia, con testimonios como prueba

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La Corte Suprema de Justicia de Colombia, con ponencia del magistrado Gerson Chaverra Castro, ratificó este 4 de marzo de 2026 la condena contra John Alexander Pineda Mejía por el delito de violencia intrafamiliar agravada cometida en Itagüí, Antioquia, contra su expareja L.M.M.H. El alto tribunal estableció un importante precedente jurisprudencial al determinar que la violencia psicológica puede demostrarse de manera suficiente mediante testimonios coherentes y persistentes de la víctima y testigos, sin necesidad de un dictamen pericial técnico.

Los hechos ocurrieron entre abril de 2019 y junio de 2021 e incluyeron episodios de golpes, humillaciones, ofensas constantes, manipulación emocional y dependencia económica impuesta, en un contexto donde la pareja tenía una hija en común. Inicialmente, Pineda Mejía fue absuelto en primera instancia el 27 de junio de 2024 por supuestas inconsistencias en las pruebas y falta de evidencia pericial, pero el Tribunal Superior de Medellín revocó esa decisión el 28 de mayo de 2025 al evidenciar una conducta constante de daño emocional. La pena impuesta es de seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el mismo período, sin posibilidad de prisión domiciliaria.

Precedente clave en la prueba de violencia psicológica

Esta sentencia consolida la aceptación de testimonios como prueba decisiva para acreditar la violencia psicológica como delito autónomo, facilitando los procesos penales al eliminar la exigencia obligatoria de peritajes especializados. El fallo resalta que la consistencia de los relatos permite establecer el daño emocional sufrido por la víctima, marcando un avance en la protección de casos similares.

Debate sobre el agravante de género

La magistrada Myriam Ávila Roldán presentó una aclaración de voto en la que cuestionó la exigencia de probar un contexto de dominación estructural para aplicar el agravante de género en mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, abogando por una interpretación más amplia. Este debate subraya la necesidad de reconocer la sistematicidad en las conductas abusivas sin cargas probatorias excesivas.

«El fallo consolida las pruebas testimoniales como decisivas siempre que superen el juicio racional».

Sharon Nicole Castillo, abogada.

Con esta decisión, la Corte Suprema no solo cierra un caso emblemático de violencia familiar en Antioquia, sino que fortalece el marco legal para futuras denuncias, promoviendo una justicia más accesible y sensible al sufrimiento invisible de la violencia psicológica en Colombia.

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