El exalcalde de Cartagena, William Dau, ha dado un nuevo paso en su batalla legal al impugnar una tutela que fue declarada improcedente en primera instancia, con la que busca tumbar la inhabilidad automática que le impide desempeñar cargos públicos. La inhabilidad fue registrada por la Procuraduría General de la Nación después de acumular tres sanciones disciplinarias en procesos distintos. La defensa de Dau alega que esta inhabilitación se consolidó sin que existiera una revisión judicial previa, lo que consideran una vulneración a sus derechos políticos como exfuncionario de elección popular. Ahora, el Tribunal de Bogotá será el encargado de revisar la impugnación presentada por el equipo jurídico del exmandatario.
El caso gira en torno a un debate jurídico de fondo: los límites de la potestad disciplinaria de la Procuraduría frente a servidores públicos elegidos por voto popular. El abogado de Dau, Simón Hernández, ha sido enfático en señalar que el reparo no está en la existencia de sanciones previas, sino en la ausencia de control judicial al momento de consolidar la inhabilidad automática. “Lo reprochado, entonces, no es simplemente la existencia de sanciones disciplinarias previas, sino que la Procuraduría General de la Nación, a partir de la acumulación de aquellas, registre una inhabilidad para desempeñar cargos públicos sin que exista revisión judicial”, explicó Hernández.
La defensa critica la postura del juzgado de primera instancia
El juzgado que conoció inicialmente la tutela declaró la acción improcedente al considerar que William Dau contaba con otras vías de defensa administrativa, como acudir a las Procuradurías Delegadas para solicitar control de las sanciones, revisión de actuaciones o incluso la revocatoria de la inhabilidad. Sin embargo, la defensa del exalcalde rechazó este argumento, calificándolo de insuficiente y evasivo frente al problema constitucional real. “Plantear que cada uno de los actos administrativos que sumaron las tres sanciones para que se hiciera efectiva la inhabilidad automática no solo no resuelve el problema constitucional y jurídico de fondo, sino que lo evade”, sostuvo el equipo legal en el recurso de impugnación.
En el escrito presentado ante el Tribunal de Bogotá, la defensa de Dau cita criterios de la Corte Constitucional que, según su interpretación, exigen que las sanciones e inhabilidades impuestas a servidores de elección popular queden en firme únicamente tras la revisión de un juez, en este caso del Consejo de Estado. La discusión legal no solo afecta a Dau, sino que podría sentar un precedente sobre si una inhabilidad automática por acumulación de sanciones administrativas vulnera derechos políticos sin una revisión judicial previa, un tema que sigue generando controversia en el ámbito jurídico del país.












