En el marco de la audiencia de imputación de cargos, la jueza de control de garantías impuso a Laura Sarabia, exembajadora de Colombia, la prohibición de enajenar o negociar bienes sujetos a registro durante seis meses. La medida cautelar, sustentada en el artículo 97 del Código de Procedimiento Penal, fue dictada tras la validación de la formulación de cargos realizada por la Fiscalía General de la Nación, que atribuye a Sarabia tres delitos relacionados con las pruebas de polígrafo aplicadas a Marelbys Meza. La restricción no es general sobre todos los bienes, sino que se limita exclusivamente a aquellos que requieren registro para su negociación, como inmuebles o vehículos.
Durante la diligencia, la jueza advirtió a la exfuncionaria que esta limitación comenzó a regir desde ese momento y se extenderá por un período de seis meses. Ante la decisión, la defensa de Sarabia expresó reparos, pero la jueza sostuvo que la Fiscalía cumplió con los requisitos legales establecidos para imponer la medida. Sarabia, quien quedó formalmente vinculada a la investigación penal tras rechazar los cargos, manifestó de manera contundente: «No acepto los cargos imputados por la Fiscalía».
Medida cautelar sobre bienes sujetos a registro
La jueza de control de garantías fue clara al explicar la naturaleza de la restricción, indicando que no se trata de una prohibición total sobre el patrimonio de Sarabia, sino únicamente sobre aquellos activos que, por su naturaleza, deben ser registrados ante las autoridades competentes para poder ser transferidos. «Se le advierte a la señora Laura Sarabia que, a partir de la fecha y dentro de los seis meses siguientes, le está prohibido enajenar o negociar bienes que posea y que sean sujetos a registro», señaló la jueza durante la audiencia, dando por establecida la medida mientras avanza el proceso penal.
«No acepto los cargos imputados por la Fiscalía»
Laura Sarabia, Exembajadora de Colombia
La imputación de cargos contra Laura Sarabia se enmarca en el caso de las pruebas de polígrafo a Marelbys Meza, quien era la niñera del hijo de la exembajadora. La Fiscalía le atribuye tres conductas delictivas específicas, que fueron presentadas ante la jueza quien, al validar la formulación, procedió a imponer la medida cautelar como parte del aseguramiento del proceso. Con la negativa de Sarabia a aceptar los cargos, el caso continuará su curso en las etapas procesales siguientes, mientras la prohibición de enajenar bienes sujetos a registro permanece vigente por el semestre estipulado, buscando garantizar que no se afecten los bienes que puedan estar vinculados a la investigación.










