En una decisión judicial sin precedentes, el Juzgado 120 Penal Municipal de Bogotá ordenó al candidato presidencial Abelardo de la Espriella y a su partido Defensores de la Patria abstenerse de inmediato de utilizar la camiseta oficial de la Selección Colombia, así como sus colores y emblemas, en cualquier acto público, material de campaña, redes sociales o publicidad. La medida, adoptada el 3 de junio de 2026 mediante una acción de tutela presentada por el ciudadano Wilman Ramiro Bocanegra Calderón, responde a la necesidad de proteger los derechos fundamentales a la igualdad, la no discriminación y el derecho a elegir y ser elegido, según consta en el documento judicial al que tuvo acceso El Tiempo.
El fallo, que tiene carácter de medida provisional, argumenta que asociar símbolos nacionales como la camiseta de la selección a una campaña política puede influir indebidamente en la percepción del electorado y generar un escenario de discriminación contra quienes no comparten la ideología del candidato. La resolución es clara al advertir que la prohibición abarca no solo la prenda deportiva, sino cualquier elemento que remita a los colores o emblemas del equipo nacional, pues su uso por parte de una organización partidista vulnera la neutralidad que deben preservar los símbolos patrios en el espacio público.
Los alcances de la prohibición judicial
El Juzgado 120 Penal Municipal de Bogotá ordenó a Abelardo de la Espriella y a Defensores de la Patria «cesar inmediata y definitivamente la utilización de la camiseta, colores o emblemas de la Selección Colombia como símbolo identificador de su partido político, su campaña o su imagen personal en plaza pública o cualquier medio». La advertencia incluye, además, la prohibición expresa de «vincular la pertenencia nacional o deportiva a la adhesión a su candidatura, o utilizarla para estigmatizar, calificar despectivamente o atacar a quienes se identifican con ideas de izquierda o piensan diferente». De esta manera, el tribunal busca evitar que un emblema de unidad nacional sea instrumentalizado con fines proselitistas o de confrontación política.
«La finalidad es preservar el derecho a la igualdad, la no discriminación y el derecho de elegir y ser elegido».
Documento judicial citado por El Tiempo
La decisión se enmarca en una acción de tutela presentada por un particular, quien consideró que el uso de la camiseta oficial por parte de una campaña política transgredía derechos fundamentales. El juzgado determinó que la medida cautelar era procedente «siempre y cuando se configure una afectación a un derecho o garantía fundamental constitucional bajo los presupuestos de necesidad y urgencia», condición que consideró cumplida al evidenciarse el riesgo de que la población asociara el símbolo deportivo con una opción electoral específica, marginando a quienes pensaran distinto. La orden judicial, de cumplimiento inmediato, marca un hito en la regulación del uso de símbolos nacionales en contextos electorales y sienta un precedente sobre los límites de la propaganda política en Colombia.











