Juzgado suspende provisionalmente bombardeos en Arauca para proteger menores

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El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca ordenó al Gobierno del presidente Gustavo Petro suspender de manera provisional los bombardeos contra grupos armados ilegales en el departamento de Arauca, mientras se revisan y ajustan los protocolos operacionales para garantizar la protección de los menores de edad. La decisión fue adoptada en primera instancia al resolver una acción de tutela presentada por el personero municipal de Puerto Rondón, Óscar Fernando Vanegas Ávila, quien argumentó que las directrices actuales no brindan salvaguardas suficientes para los niños, niñas y adolescentes que habitan en zonas de operaciones militares, incluyendo aquellos que han sido reclutados forzosamente por las organizaciones armadas.

La tutela fue interpuesta contra seis entidades del Estado colombiano: la Fuerza Aeroespacial Colombiana, el Departamento Administrativo de la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación. En su fallo, el juzgado advirtió una omisión en la adopción de protocolos acordes con el Derecho Internacional Humanitario y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, lo que podría exponer a los menores a graves afectaciones durante los bombardeos. La suspensión es de carácter provisional y se mantendrá vigente hasta que las entidades demandadas revisen y ajusten sus procedimientos operacionales.

Contexto de violencia en Arauca

Arauca es una de las regiones más golpeadas por el conflicto armado interno, con una fuerte presencia de grupos ilegales que disputan el control territorial. La decisión judicial busca asegurar que, antes de reanudar cualquier operación de bombardeo, se implementen medidas efectivas para prevenir daños contra la población infantil, un sector especialmente vulnerable en medio de la confrontación armada. El personero municipal, al presentar la acción, destacó que los protocolos vigentes no contemplan mecanismos concretos para identificar y proteger a los menores que pudieran encontrarse en las zonas de impacto, incluso aquellos que han sido reclutados por los grupos ilegales.

El fallo, emitido en primera instancia, representa un llamado de atención al Gobierno nacional para que armonice sus estrategias militares con la protección integral de la niñez, tal como lo exigen los estándares internacionales y la Constitución colombiana. Las entidades demandadas deberán reportar los avances en la revisión de los protocolos para que el juzgado evalúe si se levanta o no la suspensión provisional de los bombardeos, en un proceso que aún puede ser objeto de apelación.

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