Licencia por puntos en Colombia: agotar el saldo suspendería al conductor

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El Ministerio de Transporte, bajo la dirección de la ministra Elsa Noguera, evalúa implementar en Colombia un sistema de licencia de conducción por puntos como parte de la reforma al Código Nacional de Tránsito. La iniciativa, que deberá ser aprobada por el Congreso de la República, propone que cada conductor tenga un saldo de puntos vinculado a su persona –no al vehículo– y que por cada infracción grave se descuente una cantidad determinada de ese saldo. Cuando el puntaje llegue a cero, la licencia será suspendida o cancelada de manera definitiva, dependiendo del historial de reincidencia.

La propuesta se encuentra en fase de discusión y aún no tiene fecha de implementación definida. El Ministerio adelanta conversaciones con ciudadanos, gremios, autoridades territoriales y sectores académicos para definir el contenido final de la reforma. Este sistema busca que conductas de riesgo como el exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del licor u otras infracciones que ponen en peligro la vida de los demás tengan consecuencias más allá de la multa económica, precisamente para reducir la reincidencia y prevenir los siniestros viales que cada año cobran más de 8.000 vidas en las carreteras colombianas.

Según los parámetros contemplados en un anterior proyecto de ley –el 277 de 2025 en Senado y 058 de 2024 en Cámara–, el puntaje de referencia sería de 26 puntos para la licencia particular y 36 para la de servicio público. Los descuentos por cada infracción se aplicarían solo cuando la sanción quede en firme, es decir, ejecutoriada y registrada en el Runt y el Simit, garantizando así el derecho del conductor a controvertir la multa. Las faltas con mayor impacto, como superar ampliamente los límites de velocidad o circular sin seguros obligatorios, podrían restar entre 4, 6, 8 o incluso 10 puntos según su gravedad.

Sanciones progresivas y recuperación de puntos

El sistema establece sanciones progresivas para quienes pierdan la totalidad del saldo. La primera vez que un conductor agote sus puntos, la licencia será suspendida por nueve meses. Si reincide y vuelve a quedarse sin saldo, la suspensión se extenderá a 18 meses. Una tercera pérdida total implicaría la cancelación definitiva de la licencia. Tras cumplir la primera suspensión, se reasignarían 23 puntos para conductores particulares y 33 para los de servicio público; después de la segunda suspensión, la reasignación sería de 20 y 30 puntos, respectivamente.

Existe también la posibilidad de recuperar puntos parcialmente. Si el conductor mantiene dos años sin infracciones, puede recuperar hasta dos puntos mediante cursos de formación vial. Asimismo, la norma contempla un descuento reducido al 50% en la resta de puntos si el infractor acepta la falta, paga la multa y asiste a una capacitación. La autoridad debe informar en la orden de comparendo cuántos puntos podría perder el conductor, y en caso de suspensión, el afectado deberá realizar un curso de normas de tránsito y seguridad vial para volver a conducir.

«Acumular infracciones por exceso de velocidad, conducir bajo efectos del licor u otras conductas que ponen en peligro la vida de los demás y que no haya consecuencias graves. Eso tiene que cambiar.»

Elsa Noguera, ministra de Transporte

El proyecto aún enfrenta el desafío de concretar aspectos como el puntaje inicial por tipo de licencia, la clasificación exacta de las infracciones, los plazos para recuperar puntos y el procedimiento detallado cuando se agote el saldo. Un intento previo de reforma avanzó en el Senado, pero la Cámara de Representantes rechazó el informe de conciliación. Ahora, el Ministerio retoma la iniciativa con el objetivo de que las conductas de riesgo tengan consecuencias progresivas y disuasivas, más allá de la simple multa económica, en un país donde la siniestralidad vial sigue siendo una de las principales causas de muerte evitable.

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