La Secretaría de Movilidad de Medellín confirmó que para el jueves 28 de mayo regirá la medida del Pico y Placa, con restricciones tanto para vehículos particulares como para motocicletas. La limitación aplicará para los automóviles cuyas placas terminen en los dígitos 5 y 9, mientras que en el caso de las motos la restricción se define por el primer número de la placa, siendo también 5 y 9 los dígitos restringidos. La medida, que hace parte de la rotación establecida para el primer semestre de 2026, busca reducir el parque automotor circulante, mejorar la fluidez del tránsito y disminuir los siniestros viales y los niveles de contaminación en la capital antioqueña.
El horario de la restricción para particulares y motos está comprendido entre las 5:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, de lunes a viernes. Para los taxis, la medida se aplica en un horario ligeramente más reducido, desde las 6:00 hasta las 20:00 horas. Según la información divulgada, para el jueves 28 de mayo, los taxis con placas cuyo dígito sea 8 también estarán sujetos a la restricción. Las autoridades recordaron que el incumplimiento de la medida acarrea una multa equivalente a 15 días del salario mínimo diario vigente, lo que para este año representa un valor de 711.750 pesos colombianos, teniendo en cuenta que el salario mínimo diario se calcula en 47.450 pesos.
Exenciones y marco normativo
No todos los vehículos están obligados a acatar la restricción. La normativa contempla exenciones para automotores de emergencia, aquellos destinados a la atención médica, los que funcionan con gas natural, los de transporte terrestre y de alimentos, el servicio público, los medios de comunicación, los vehículos de seguridad, los adaptados para personas con discapacidad, los de valores, los diplomáticos y aquellos que cuenten con una autorización expresa de la Secretaría de Movilidad. Un aspecto clave es que los conductores de vehículos exentos no necesitan tramitar una nueva autorización escrita, ya que la Secretaría tiene conexión directa con el Registro Único de Tránsito (RUNT), lo que facilita la verificación durante los operativos de control.
La sanción por violar el Pico y Placa está tipificada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Las autoridades locales insisten en que la medida, aunque restrictiva, es necesaria para ordenar la movilidad en una ciudad que enfrenta un crecimiento constante en el número de vehículos. La rotación diaria varía según el día de la semana y el último dígito de la placa para particulares, mientras que para motos se establece con base en el primer dígito, un sistema que se mantiene vigente durante todo el semestre.












