El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, bajo la dirección de la ministra Helga María Rivas Ardila, presentó una infografía diseñada para orientar la implementación de la Resolución 0194 de 2025, que establece porcentajes mínimos de ahorro de agua y energía en nuevas edificaciones en Colombia. Esta herramienta, desarrollada con el acompañamiento técnico de World Resources Institute (WRI) Colombia en el marco del Acelerador de Edificaciones Cero Emisiones y Resilientes (ZERB), busca actualizar y facilitar la aplicación de la regulación de construcción sostenible, fortaleciendo capacidades institucionales y promoviendo una implementación homogénea en todo el territorio nacional.
La Resolución 0194 de 2025 actualiza el contenido técnico de la Resolución 0549 de 2015, que regulaba los estándares de construcción sostenible en Colombia, e incluye un Mecanismo de Seguimiento y Control (MS&C) para verificar el cumplimiento. La normativa aplica a diversos tipos de edificaciones: vivienda nueva, Vivienda de Interés Social (VIS), Vivienda de Interés Prioritario (VIP), centros comerciales, oficinas, hoteles, instituciones educativas y hospitales. La infografía está dirigida a autoridades municipales y distritales, curadurías urbanas, constructores, diseñadores, promotores de proyectos y empresas prestadoras de servicios públicos.
Tres etapas para el cumplimiento
La guía organiza el cumplimiento de la resolución en tres etapas claramente definidas. Durante la etapa de diseño, los promotores deben incorporar medidas pasivas —estrategias arquitectónicas que aprovechan condiciones ambientales como el confort térmico y la ventilación sin sistemas mecánicos— y medidas activas, que incluyen sistemas mecánicos o eléctricos como aire acondicionado e iluminación. En esta fase, el promotor solicita la licencia mediante el Formulario Único Nacional (FUN) con un anexo de construcción sostenible, y la curaduría verifica la documentación. En la etapa de construcción, antes de la entrega del proyecto, se debe solicitar una verificación a la autoridad municipal; si el proyecto cuenta con un sello verde homologado, se presenta la documentación correspondiente, y en caso contrario se utiliza el Mecanismo de Seguimiento y Control. Se realiza una visita de inspección, y si se detectan incumplimientos, deben corregirse antes de obtener la constancia de cumplimiento. Finalmente, la etapa de reporte establece plazos específicos: las curadurías deben enviar trimestralmente copia digital del FUN y el anexo a partir del 1 de enero de 2026; las autoridades municipales deben reportar trimestralmente los resultados de proyectos que obtuvieron constancia de cumplimiento desde el 1 de enero de 2027; y los prestadores de servicios públicos deben presentar autodeclaraciones semestrales a partir del 1 de enero de 2026.
«En el Ministerio de Vivienda seguimos consolidando herramientas que permitan llevar la política pública a la práctica. Esta infografía convierte una norma técnica en una guía clara y útil para los territorios, facilitando su implementación y fortaleciendo la comprensión y las capacidades de quienes hacen posible una construcción más eficiente, resiliente y comprometida con el cuidado del agua, la energía y el ambiente»
Helga María Rivas Ardila, ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
Cabe destacar que los proyectos no están obligados a contar con un sello verde homologado, aunque se recomienda informarlo para facilitar verificaciones posteriores. Además, algunas autoridades territoriales pueden ofrecer una prevalidación opcional antes del inicio de la obra. Con esta iniciativa, el Ministerio de Vivienda busca que la política pública de construcción sostenible se traduzca en acciones concretas en los territorios, promoviendo edificaciones más eficientes, resilientes y respetuosas con el medio ambiente.












