Pensionados de altos ingresos no recibirán prima de Navidad en 2026

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No todos los pensionados en Colombia recibirán la prima de Navidad (mesada 13) en diciembre de 2026, pues la ley excluye a quienes cumplen condiciones específicas de fecha de reconocimiento y monto, así como a beneficiarios de devoluciones de aportes o del programa de Beneficios Económicos Periódicos (Beps). La medida, establecida en la Ley 100 de 1993 y modificada por el Acto Legislativo 01 de 2005, genera dudas entre los jubilados, pero el experto en asuntos pensionales Marcelo Duque, de Cómo Me Pensiono, aclara que el derecho se mantiene para quienes cumplen los requisitos. Según el Ministerio de Hacienda y el Gobierno Nacional, aproximadamente 2,26 millones de pensionados forman parte del Sistema General de Pensiones en Colombia, y muchos de ellos sí recibirán el pago adicional, programado por Colpensiones desde el lunes 30 de noviembre de 2026, mientras que los fondos privados tienen su propio calendario.

La exclusión aplica de manera estricta: las pensiones causadas o reconocidas después del 31 de julio de 2011 cuyo valor supere los 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) quedan fuera del beneficio, siempre que ambas condiciones se cumplan simultáneamente. Además, quienes reciben devoluciones de aportes o indemnizaciones sustitutivas —pagos únicos que no constituyen una pensión mensual— no tienen derecho a la mesada 13, al igual que los beneficiarios de Beps, un mecanismo de ahorro para la vejez que no es una prestación contributiva. Por ejemplo, un pensionado con una mesada ordinaria de 2 millones de pesos recibiría una prima adicional por ese mismo valor, pero solo si su pensión fue reconocida antes del 31 de julio de 2011 o es inferior al umbral de 15 smmlv. La edad de pensión en 2026 se mantiene en 57 años para mujeres y 62 años para hombres, según las normas vigentes.

Contexto legal y recomendaciones de los expertos

La prima de Navidad está contemplada en el artículo 50 de la Ley 100 de 1993 para las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, pero las reformas posteriores, en especial el Acto Legislativo 01 de 2005, introdujeron restricciones para las pensiones de alto monto. Marcelo Duque enfatiza que los cambios en el sistema no deben interpretarse como una eliminación automática de la prima. «La mesada 13 mantiene su reconocimiento legal pese a las dudas surgidas alrededor de la reforma pensional. Los cambios en el sistema no deben interpretarse como una eliminación automática de la prima de Navidad para quienes cumplen las condiciones para recibirla», señaló el experto. Duque recomienda que los pensionados verifiquen su tipo de prestación con su administradora y, en caso de que se les descuente el aporte a salud sobre la mesada adicional, soliciten una aclaración, pues el tratamiento de ese concepto es distinto. Por otro lado, los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional (Fopep) sí se aplican sobre las mesadas adicionales cuando el pensionado supera los umbrales legales establecidos.

«La mesada 13 mantiene su reconocimiento legal pese a las dudas surgidas alrededor de la reforma pensional. Los cambios en el sistema no deben interpretarse como una eliminación automática de la prima de Navidad para quienes cumplen las condiciones para recibirla.»

Marcelo Duque, experto en asuntos pensionales de Cómo Me Pensiono

Es importante diferenciar la prima de Navidad (mesada 13) de la mesada 14, que se paga a mitad de año y responde a reglas distintas; recibir una no implica automáticamente el derecho a la otra. La reforma pensional en curso no elimina este beneficio de forma automática, por lo que los pensionados deben mantenerse informados y consultar con sus administradoras de pensiones, ya sean Colpensiones o los fondos privados, para conocer las fechas exactas de pago y las condiciones aplicables a su caso particular. El pago programado para finales de noviembre de 2026 por parte de Colpensiones busca que los beneficiarios reciban su prima antes de las festividades navideñas, mientras que los afiliados a fondos privados deben revisar su propio calendario, que puede variar según la entidad.

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