La Secretaría de Movilidad de Bogotá confirmó que este viernes 26 de junio de 2026 se aplica la restricción del programa Pico y Placa para vehículos particulares. En jornada considerada como día par, las placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 no podrán circular entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche. La medida, vigente desde 1998, busca reducir el tráfico vehicular y la contaminación ambiental en la capital colombiana. Las motocicletas, en cambio, quedan exentas de esta restricción durante la jornada.
El programa establece un sistema alternado: los días pares circulan vehículos con placas finalizadas en 1, 2, 3, 4 y 5, mientras que los días impares lo hacen aquellos con terminación 6, 7, 8, 9 y 0. Para los taxis y el transporte especial, el horario de restricción se extiende desde las 5:30 a. m. hasta las 9:00 p. m., con una rotación semanal organizada en grupos de dos dígitos. Los vehículos de carga, por su parte, enfrentan dos bloques de restricción de lunes a viernes: de 6:00 a 8:00 a. m. y de 5:00 a 8:00 p. m., aunque los sábados pueden circular condicionados a su peso y antigüedad. Cabe recordar que el Pico y Placa no aplica los domingos ni los días festivos.
Exenciones y Pico y Placa Solidario
La normativa contempla una amplia lista de vehículos exentos, entre los que se incluyen los eléctricos, híbridos y de cero emisiones, así como motocicletas, vehículos de servicio diplomático, funerarias, emergencia y seguridad, transporte para personas con discapacidad, grúas, medios de comunicación, autoridades judiciales, transporte escolar y vehículos de enseñanza automovilística. También quedan exentos aquellos automotores que transporten tres o más ocupantes, siempre que se hayan registrado previamente ante la Secretaría de Movilidad. Para quienes necesiten circular durante la restricción, existe el Pico y Placa Solidario, un permiso diario que se obtiene a cambio de un aporte económico destinado al Sistema Integrado de Transporte Público.
Adicionalmente, la Secretaría aplica el Pico y Placa Regional el último día de los puentes festivos en nueve corredores de ingreso a Bogotá: Autopista Norte, Autopista Sur, Avenida Centenario (calle 13), Avenida Calle 80, Avenida Carrera 7, Avenida Boyacá vía al Llano, Vía Suba Cota, Vía la Calera y Vía a Choachí. En esos casos, los vehículos con placa impar tienen restricción de 12:00 a 4:00 p. m., y los de placa par de 4:00 a 8:00 p. m. Es importante señalar que esta medida regional no exime a los vehículos con tres o más ocupantes, ni al personal médico ni a los titulares del Pico y Placa Solidario.
Multas y sanciones
Infringir el Pico y Placa constituye la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, cuya multa para 2023 se fijó en 522.900 pesos colombianos. Además de la sanción económica, el vehículo es inmovilizado. La Secretaría de Movilidad reitera el llamado a los conductores a planificar sus desplazamientos y a conocer las alternativas de transporte público disponibles, en el marco de una política que lleva más de dos décadas buscando equilibrar la movilidad y la calidad del aire en Bogotá.












