La Secretaría de Movilidad de Medellín, adscrita a la Alcaldía de la ciudad, informó sobre las restricciones del programa Pico y Placa que regirán este miércoles 6 de mayo, cuando quedarán prohibidos de circular los vehículos particulares y las motocicletas con dígitos 4 y 6 en sus placas —el último para los particulares y el primero para las motos— desde las 5:00 hasta las 20:00 horas, mientras que los taxis con dígito 7 enfrentarán la misma limitación pero de 6:00 a 20:00 horas, y el transporte de carga no estará sujeto a estas medidas.
Estas restricciones, que se aplican de lunes a viernes en el área metropolitana de Medellín con el objetivo de reducir el parque vehicular en las vías, descongestionar el tránsito, disminuir los siniestros automovilísticos y bajar los niveles de contaminación, se determinan según el día de la semana, el tipo de vehículo y el dígito correspondiente de la placa, como parte de una actualización para el primer semestre del año que puede modificarse diariamente conforme a las necesidades de la ciudad.
Calendario detallado de restricciones para vehículos particulares
Para el primer semestre, el calendario de Pico y Placa para vehículos particulares establece que los lunes no circulan los dígitos 1 y 7, los martes los 0 y 3, los miércoles los 4 y 6 —como aplica este 6 de mayo—, los jueves los 5 y 9, y los viernes los 2 y 8, siempre en el horario de 5:00 a 20:00 horas, sin que estas medidas operen los domingos ni en días festivos.
Excepciones, autorizaciones y sanciones por incumplimiento
Entre los vehículos exentos de estas restricciones se encuentran los de emergencia, los destinados a atención médica, los propulsados a gas natural, el transporte terrestre de pasajeros, los que trasladan alimentos, los de servicio público, los medios de comunicación, los de seguridad, aquellos para personas con movilidad reducida, el transporte de valores, los diplomáticos y los autorizados expresamente por la Secretaría de Movilidad, con validaciones que se realizan automáticamente a través de la conexión con el Registro Único Nacional de Tránsito o RUNT, sin necesidad de nuevas solicitudes por parte de los propietarios.
Quienes violen estas normas enfrentarán una multa de 711.750 pesos colombianos, equivalente a 15 días de salario mínimo legal vigente mensual —cuyo valor diario asciende a 47.450 pesos—, impuesta conforme al artículo 131, inciso C, del Código Nacional de Tránsito Terrestre, lo que subraya la importancia de planificar los desplazamientos para evitar sanciones en una medida que busca mejorar la movilidad y la calidad del aire en Medellín.










