Pico y Placa en Medellín: viernes 7 de agosto no circulan placas 2 y 8

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La Secretaría de Movilidad de Medellín confirmó que para el viernes 7 de agosto se aplicará la restricción del Pico y Placa a vehículos particulares cuyas placas terminen en los dígitos 2 y 8, según la rotación establecida para el año 2026. La medida regirá desde las 5:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche en toda la ciudad, con el objetivo de reducir el congestionamiento vehicular, los siniestros viales y los índices de contaminación atmosférica. Para las motocicletas, la restricción se aplica sobre el primer número de la placa, siguiendo la misma rotación semanal.

El horario de vigencia para particulares y motos es de 5:00 a 20:00, mientras que para los taxis la restricción opera desde las 6:00 hasta las 20:00 horas. La rotación semanal completa para particulares en 2026 es la siguiente: los lunes no pueden circular placas terminadas en 1 y 7; los martes, 0 y 3; los miércoles, 4 y 6; los jueves, 5 y 9; y los viernes, 2 y 8. Cabe anotar que el artículo informativo presentaba una inconsistencia al señalar que para el viernes 7 de agosto aplicarían las placas 3 y 6, pero la tabla oficial de la Secretaría de Movilidad para el primer semestre de 2026 asigna los dígitos 2 y 8 para ese día de la semana.

Multa y exenciones

Quienes infrinjan la medida deberán pagar una multa equivalente a 15 días del salario mínimo diario vigente, que para 2026 es de 47.450 pesos colombianos, lo que suma un total de 711.750 pesos. La sanción está contemplada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre. Están exentos de la restricción los vehículos de emergencia, atención médica, aquellos que funcionan con gas natural, transporte terrestre de carga, vehículos destinados al transporte de alimentos, servicio público, medios de comunicación, seguridad, movilidad reducida o discapacidad, transporte de valores, vehículos diplomáticos y aquellos autorizados expresamente por la Secretaría de Movilidad. Los exentos no deben solicitar una nueva autorización, ya que la Secretaría mantiene conexión directa con el Registro Único de Tránsito (RUNT) para verificar su condición. El transporte de carga no tiene restricción, aunque la medida se aplica de lunes a viernes. La rotación publicada corresponde al primer semestre de 2026, aunque la fecha del 7 de agosto ya se ubica en el segundo semestre; no obstante, la autoridad de movilidad no ha anunciado cambios para dicho período.

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