Pico y placa en Villavicencio: placas 7 y 8 de particulares no circulan lunes 29 diciembre

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La Secretaría de Movilidad de Villavicencio anunció las restricciones del programa Pico y Placa que regirán este lunes 29 de diciembre y detalló el calendario completo para el año 2025, con el objetivo de reducir la circulación de automóviles particulares, mejorar el tránsito, disminuir los accidentes de tránsito y bajar los niveles de contaminación en la ciudad. Estas medidas aplican en Villavicencio, Colombia, y se basan en el último dígito de la placa vehicular, el tipo de vehículo y horarios específicos definidos para cada jornada.

Para este lunes 29 de diciembre, los vehículos particulares con dígitos finales 7 y 8 no podrán circular entre las 6:30 a.m. y las 9:30 a.m., así como de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. Los taxis con dígito 5 enfrentarán restricciones de 6:00 a.m. a medianoche, mientras que todo el transporte de carga queda impedido de circular durante el día, y las motocicletas están exentas de estas limitaciones. El programa se modifica diariamente según el día de la semana, el tipo de vehículo y el dígito de la placa, vigente de lunes a viernes no festivos en los horarios establecidos.

Calendario para vehículos particulares en 2025

Durante 2025, las restricciones para vehículos particulares operarán desde el 17 de enero hasta el 19 de diciembre, de lunes a viernes no festivos, siguiendo esta rotación: los lunes no podrán rodar los dígitos 7 y 8; los martes, 9 y 0; los miércoles, 1 y 2; los jueves, 3 y 4; y los viernes, 5 y 6. En el caso de los taxis, el calendario inicia el lunes 20 de enero con el dígito 3, avanzando en una secuencia del 0 al 9 de lunes a domingo.

Excepciones, multas y fundamento legal

Entre las excepciones al Pico y Placa se encuentran vehículos de emergencia, de seguridad pública o privada, servicios públicos, mensajería y reparto, control de tráfico, enseñanza, medios de comunicación, así como aquellos eléctricos o de cero emisiones. Quienes violen estas normas enfrentarán una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo, con un valor diario de 47.450 pesos. Estas disposiciones se sustentan en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, promoviendo una movilidad más ordenada y sostenible en Villavicencio.

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