Pico y Placa no rige este martes en Cali para ningún vehículo

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El Pico y Placa no se aplicará en Santiago de Cali este martes 3 de noviembre de 2026. Así lo establecen los lineamientos publicados por la Secretaría de Movilidad de la capital vallecaucana, la autoridad encargada de definir y actualizar periódicamente esta medida, que para esa jornada figura como “No aplica” para todas las categorías de vehículos, sin distinción de tipo ni de último dígito de la placa. La determinación cobija por igual a carros particulares, motocicletas, taxis, transporte público colectivo y vehículos de carga, de modo que la totalidad del parque automotor podrá circular sin la restricción que habitualmente ordena la rotación semanal. Vale precisar que el horario habitual de la medida en la ciudad comprende de 6:00 a 19:00, mientras que para el transporte público colectivo se extiende de 5:00 a 22:00, franjas que en esta oportunidad quedan sin efecto restrictivo alguno.

El funcionamiento ordinario del programa se define a partir de tres variables que se combinan entre sí: el día de la semana, el tipo de vehículo y el último dígito de la placa. Con esos criterios se construye la rotación que determina qué automotores pueden salir a las vías y cuáles deben permanecer inmovilizados durante la jornada. La rotación divulgada en la información oficial corresponde al periodo comprendido entre el 5 de enero y el 30 de junio de 2026, con la siguiente distribución: los lunes quedan restringidos los vehículos terminados en 1 y 2; los martes, aquellos con placas finalizadas en 3 y 4; los miércoles, los que terminan en 5 y 6; los jueves, los de dígitos 7 y 8; y los viernes, los identificados con 9 y 0. El material consultado no incluye la rotación correspondiente al segundo semestre, un dato relevante si se tiene en cuenta que la fecha del 3 de noviembre se ubica en la segunda mitad del año y, por tanto, fuera del rango expresamente publicado.

Las excepciones que operan incluso cuando la medida está vigente

Incluso en las jornadas en que la restricción se encuentra activa, un grupo amplio de vehículos queda exento de cumplirla. Entre ellos figuran los automotores de emergencia, los de servicio oficial, los diplomáticos y consulares, y aquellos que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida. También están cobijados los vehículos híbridos y eléctricos, los de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, los que pagan la tasa por congestión y las motocicletas. Esta lista de excepciones convive con la suspensión general que rige para los sábados, los domingos, los días festivos establecidos por ley y aquellas jornadas en las que la autoridad competente decida, de manera excepcional, levantar la medida.

Sanciones que rondan los 700.000 pesos

Para quienes incumplen la restricción cuando esta se encuentra vigente, la sanción económica es considerable. La multa equivale a 15 días de salario mínimo, lo que, tomando como referencia un salario mínimo diario de 47.450 pesos, arroja un valor de 711.750 pesos. La base legal de esta penalidad se encuentra en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, norma que faculta a las autoridades de tránsito para imponer el comparendo correspondiente. La cifra adquiere mayor peso si se considera que la medida busca precisamente desestimular la circulación innecesaria de automotores particulares en el perímetro urbano.

Una medida que cambia de ciudad en ciudad

El Pico y Placa responde a una lógica de gestión del tránsito urbano cuyos objetivos declarados son reducir el parque vehicular en circulación, disminuir la congestión, bajar la accidentalidad automovilística y mejorar la calidad del aire. Se trata, sin embargo, de un programa que opera de forma distinta en cada ciudad de Colombia y que varía según el día, la hora y el tipo de vehículo, de manera que las reglas vigentes en Cali no necesariamente coinciden con las de Bogotá, Medellín o Manizales. Esa dispersión normativa obliga a los conductores a consultar los lineamientos de la autoridad local cada vez que planean desplazarse, sobre todo cuando se trata de ciudades distintas a la de su residencia habitual.

Una jornada que conviene confirmar antes de salir

Más allá del dato puntual, la información disponible deja un interrogante que merece atención antes de quienes planean movilizarse por la capital del Valle. El texto no explica la razón por la cual la medida figura como “No aplica” el martes 3 de noviembre de 2026, una fecha que, según el propio material, no corresponde a un día festivo. Esa ausencia de justificación abre la puerta a distintas hipótesis —desde una decisión excepcional de la autoridad hasta un ajuste en el calendario de rotaciones— que no pueden confirmarse con los documentos consultados. Por ello, resulta recomendable verificar con la Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali la vigencia y el alcance exactos de la determinación antes de asumir que la circulación estará libre de restricciones durante toda la jornada, y recordar que la rotación publicada solo cubre el primer semestre del año, de modo que la correspondiente al segundo periodo deberá consultarse en los canales oficiales de la entidad.

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