Pico y Placa total en Bogotá para particulares y motos este miércoles 5 de agosto

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La Secretaría de Movilidad de Bogotá confirmó que el miércoles 5 de agosto de 2026 regirá la restricción vehicular Pico y Placa con medidas diferenciadas según el tipo de vehículo y su terminación de placa. De acuerdo con el calendario oficial, para esa fecha la medida aplicará de forma total para particulares y motocicletas, lo que significa que ningún automóvil particular podrá circular durante el horario establecido, que va de las 6:00 de la mañana a las 9:00 de la noche. La misma limitación rige para todas las motos, sin importar el último dígito de su placa.

La normativa, que busca reducir el tráfico vehicular y los niveles de contaminación ambiental, tiene un esquema general que para los días pares restringe la circulación a los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 o 0, mientras que los días impares no pueden transitar los que terminan en 1, 2, 3, 4 o 5. Sin embargo, la autoridad de tránsito estableció específicamente para el 5 de agosto, que es un día impar, la restricción total para particulares y motos, una medida que contradice la lógica del sistema tradicional de grupos pares e impares, por lo que se recomienda a los conductores prestar especial atención a los comunicados oficiales.

Horarios y sanciones

Para los taxis y el transporte especial, la restricción opera entre las 5:30 y las 21:00 horas, con una rotación semanal que divide las placas en cinco grupos de dos dígitos: 1-2, 3-4, 5-6, 7-8 y 9-0. En cuanto a los vehículos de carga, tienen dos bloques de restricción: el primero de 6:00 a 8:00 de la mañana y el segundo de 17:00 a 20:00, y solo pueden circular los sábados, condicionados a su peso y antigüedad. Quienes violen la medida se exponen a una multa de 522.900 pesos colombianos, según el valor de 2023, además de la inmovilización del vehículo, incurriendo así en la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito.

Exenciones y alternativas

La Secretaría de Movilidad contempla un amplio listado de vehículos exentos de la restricción, entre los que se encuentran los eléctricos, híbridos y de cero emisiones, las motocicletas, el servicio diplomático, los vehículos funerarios, de emergencia y seguridad, el transporte de personas con discapacidad, los destinados al control de tráfico y grúas, los de medios de comunicación, las autoridades judiciales, el transporte escolar y de enseñanza automovilística, y aquellos que cuenten con tres o más ocupantes desde el inicio hasta el fin del viaje. Todas estas excepciones requieren un registro previo ante la entidad distrital.

Además, los conductores que necesiten circular en días restringidos pueden optar por el Pico y Placa Solidario, un permiso opcional que se adquiere mediante un aporte económico destinado al Sistema Integrado de Transporte Público. Otra medida complementaria es el Pico y Placa Regional, que aplica el último día de cada puente festivo en nueve corredores de ingreso a la ciudad, como la Autopista Norte, la Autopista Sur, la Avenida Centenario, la Avenida Calle 80, la Avenida Carrera 7, la Avenida Boyacá vía al Llano, la Vía Suba Cota, la Vía la Calera y la Vía a Choachí. En estos corredores, las placas impares no pueden circular entre las 12:00 y las 16:00, mientras que las pares tienen restricción de 16:00 a 20:00. En esta modalidad regional no aplican las excepciones para vehículos con tres o más ocupantes, personal médico ni el Pico y Placa Solidario.

El programa Pico y Placa funciona en Bogotá desde 1998, con más de dos décadas de aplicación, y sigue siendo una de las principales herramientas de la administración distrital para gestionar la movilidad y mitigar la contaminación en la capital colombiana. Las autoridades recuerdan a los ciudadanos consultar siempre los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad para conocer las fechas exactas y posibles cambios en la programación habitual.

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