Presidente De la Espriella levanta suspensión general del porte de armas en Colombia

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En un giro significativo frente a la política de seguridad que había marcado los últimos años, el presidente Abelardo de la Espriella firmó el pasado 8 de septiembre de 2026 el Decreto 1368, con el que se levanta la suspensión general del porte de armas de fuego. La medida restablece la vigencia de los salvoconductos individuales sin modificar los requisitos legales establecidos, devolviendo la regulación al esquema del Decreto Ley 2535 de 1993. El mandatario justificó la decisión argumentando que “durante años se restringió al ciudadano que cumple la ley mientras los criminales siguieron armándose ilegalmente hasta los dientes. Eso tiene que cambiar”. La suspensión general, que se renovaba cada año, había sido prorrogada por última vez en 2025, y ahora el nuevo decreto deja sin efecto esa restricción que convertía la prohibición en regla.

Sin embargo, el presidente fue enfático al aclarar que la medida no implica un porte indiscriminado de armas. “Que quede claro: esto NO significa porte indiscriminado. Se mantienen controles estrictos, requisitos y permisos de las autoridades competentes. Lo que termina es la suspensión general que convertía la prohibición en regla”, declaró De la Espriella. El Decreto 1368 no beneficia a permisos vencidos, suspendidos, cancelados o revocados, ni cuando existe una prohibición judicial o el permiso es solo de tenencia. Las autoridades militares mantienen la facultad de expedir, renovar, suspender, cancelar o revocar los salvoconductos, bajo los mismos requisitos de siempre: ser mayor de 25 años, no tener antecedentes penales, acreditar aptitud física, mental y psicofísica para el manejo de armas, registrarse en el sistema Siaem 2.0, aprobar exámenes, adquirir el arma en Indumil y pagar las tasas correspondientes.

Las cifras del debate y las voces de los analistas

La decisión presidencial se da en un contexto en el que, entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026, la fuerza pública incautó 15.700 armas de fuego, de las cuales 14.179 estaban relacionadas directamente con la comisión de delitos. Estas cifras, según los analistas consultados, ponen sobre la mesa la complejidad del fenómeno del armamento ilegal. El analista político y académico Gabriel Cifuentes Ghidini, experto en Derecho Internacional y Derecho Penal, explicó que “ese decreto en particular se renovaba cada año, la última vez en el 2025. Este año —2026— no se renueva como venía siendo usual durante los últimos años, el decreto que suspendía los permisos y el uso de armas, sino que permite, tal y como lo establece el decreto 2535 del 93, que las autoridades competentes nuevamente comiencen a otorgar los permisos”. Cifuentes Ghidini advirtió que los delincuentes no acudirán a los canales legales: “Los delincuentes, por supuesto, no van a tramitar permisos ante las autoridades competentes y seguramente compran las armas en el mercado negro”.

“Lo que los estudios académicos han demostrado es que el aumento del porte de armas no incide positivamente en términos de seguridad, sino todo lo contrario. Puede tener incluso un aumento del uso de las armas y un aumento de las fatalidades asociadas con este tipo de elementos”.

Gabriel Cifuentes Ghidini, analista político y académico

Por su parte, el analista David Cancino aclaró que “no hay que creer que lo que se hizo fue permitir la compra de una bazuca en un D1”, y señaló que la comercialización desregulada de armas ya existe en el mercado negro: “cualquiera puede ir hoy a comprarse una 9mm en Corabastos si pregunta bien y tiene efectivo”. Cancino subrayó así que el verdadero problema no está en los permisos formales, sino en la facilidad con la que las armas ilegales circulan en el país. El debate queda abierto entre quienes ven en el decreto un restablecimiento de derechos para el ciudadano cumplidor y quienes advierten que, según la evidencia académica, el aumento del porte legal puede traducirse en más armas en circulación y, potencialmente, en más fatalidades. La medida, mientras tanto, ya está en vigor y redefine el equilibrio entre la seguridad ciudadana y el derecho individual al porte regulado.

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