En uno de los últimos actos oficiales de su administración, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2618 del 31 de julio de 2023, que crea el Programa de Alimentación Universitaria (PAU) de carácter obligatorio para todas las universidades públicas de Colombia. El anuncio fue realizado por el mandatario a través de su cuenta en la red social X el viernes 7 de agosto de 2026, confirmando así la entrada en vigencia de una normativa que busca garantizar el acceso a una alimentación adecuada y nutritiva para los estudiantes de pregrado, con especial énfasis en aquellos que se encuentran en condición de vulnerabilidad social y económica.
La Ley 2618, aprobada previamente por el Congreso de la República, representa un hito en materia de educación superior pública al establecer la obligatoriedad de ofrecer programas de alimentación en todos los campus universitarios del territorio nacional. Según lo estipulado en la norma, las instituciones de educación superior deberán implementar el PAU bajo dos modalidades principales: la primera consiste en la prestación de un servicio de plato servido directamente en las instalaciones del campus, para lo cual se requerirá contar con la infraestructura adecuada; la segunda modalidad, pensada para aquellas sedes que no dispongan de dicha capacidad, contempla la entrega de un subsidio o bono de alimentación que los estudiantes podrán canjear por alimentos.
Financiación y mecanismos de control
Un aspecto relevante de la nueva ley es que no fija una bolsa específica de recursos para su ejecución, sino que su financiación queda sujeta a las futuras apropiaciones que se realicen a través del Presupuesto General de la Nación. Esto implica que la sostenibilidad del programa dependerá de las asignaciones presupuestales que los gobiernos venideros destinen, lo que ha generado expectativas y también interrogantes sobre la continuidad de la iniciativa en el largo plazo.
Para garantizar la transparencia y el correcto funcionamiento del programa, la ley establece que el Ministerio de Educación Nacional será el encargado de verificar el cumplimiento de la norma. En caso de detectarse incumplimientos, el Ministerio deberá reportar la situación a la Contraloría General de la República y a la Procuraduría General de la Nación. Adicionalmente, se contempla la creación de Comités de Veeduría Estudiantil, cuyos integrantes serán elegidos democráticamente por los propios estudiantes, con la función de ejercer control y vigilancia sobre la ejecución del programa en sus respectivas instituciones.
«He sancionado la ley que crea el programa de alimentación obligatorio en las universidades»
Gustavo Petro, Presidente de Colombia
La ley también introduce un sistema de información unificado, público y gratuito, que será diseñado por el Ministerio de Educación y permitirá realizar consultas en tiempo real sobre la operación del programa. En materia de contratación, se establece que todos los contratos, convenios y modificaciones deberán estar disponibles en formatos abiertos y trazables a través de la plataforma SECOP II, con el fin de asegurar el escrutinio público de los recursos.
El Ministerio del Trabajo, por su parte, tendrá la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social aplicables a los operadores del programa y a los manipuladores de alimentos, mientras que las universidades públicas deberán realizar un monitoreo y evaluación anual cuyos resultados serán difundidos en informes públicos. Con esta iniciativa, el Gobierno busca ampliar la cobertura de los programas de alimentación existentes y avanzar hacia la soberanía y autonomía alimentaria en el ámbito de la educación superior pública, fortaleciendo así la permanencia educativa y el rendimiento académico de miles de estudiantes colombianos.










