La Procuraduría General de la Nación frenó de manera urgente la sanción que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se disponía a imponer contra Ecopetrol y sus filiales Cenit y Ocensa, por presuntas prácticas restrictivas de la competencia en la contratación de helicópteros. En un oficio firmado el martes 4 de agosto por el procurador delegado primero para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Marcio Melgosa, el ente de control advirtió que el proceso adelantado por la SIC, bajo la dirección de la superintendente Cielo Rusinque, presentaba graves fallas de motivación y de procedimiento que podrían anular el acto administrativo. La advertencia llegó justo el día en que el consejo asesor de la SIC tenía previsto reunirse para dar por casi segura la imposición de una millonaria multa, en una de las últimas decisiones relevantes de la gestión de Rusinque.
Según el análisis de la Procuraduría, la motivación esgrimida por la SIC para sancionar a las empresas petroleras podría ser desvirtuada con la propia información de la autoridad. El oficio señala que las visitas administrativas que sirvieron de base para la investigación se realizaron en el marco de una averiguación preliminar y no dentro de una investigación administrativa formal, lo que vulnera el debido proceso. Además, la Procuraduría detectó que la SIC ordenó la inspección y toma de imagen forense de un dispositivo móvil sin contar con la respectiva orden judicial, una práctica que, según el ente de control, va en contra de lo dispuesto por la Corte Constitucional en protección del derecho fundamental a la intimidad. Melgosa fue enfático al advertir que una sanción con tales deficiencias «podría dar lugar a la anulación judicial del acto administrativo» y generar «importantes repercusiones patrimoniales para el Estado».
Las fallas advertidas por la Procuraduría
El procurador delegado explicó, en el oficio, que el ordenamiento jurídico colombiano exige orden judicial para cualquier interceptación, registro o actividad probatoria que afecte la intimidad de las personas. Sin embargo, la SIC, durante sus indagaciones, solicitó la inspección y toma de imagen forense de un dispositivo móvil sin esa autorización e incluso impuso multas a quienes se opusieron a la práctica de esa prueba. «Como garantía del derecho fundamental a la intimidad, el ordenamiento jurídico colombiano ha dispuesto que la realización de interceptaciones, registros y otras actividades probatorias que, de acuerdo con la norma superior, se encuentran sometidas a reserva judicial, requieren de orden judicial. No obstante, la SIC, durante sus indagaciones, solicitó la inspección y toma de imagen forense de dispositivo móvil sin la respectiva orden judicial, advirtiendo la imposición de multas por oponerse a la práctica de esta prueba y contrariando lo señalado por la Corte Constitucional», señaló Melgosa en el documento, cuyas declaraciones fueron incluidas en el reporte oficial.
«Como garantía del derecho fundamental a la intimidad, el ordenamiento jurídico colombiano ha dispuesto que la realización de interceptaciones, registros y otras actividades probatorias que, de acuerdo con la norma superior, se encuentran sometidas a reserva judicial, requieren de orden judicial. No obstante, la SIC, durante sus indagaciones, solicitó la inspección y toma de imagen forense de dispositivo móvil sin la respectiva orden judicial, advirtiendo la imposición de multas por oponerse a la práctica de esta prueba y contrariando lo señalado por la Corte Constitucional.»
Marcio Melgosa, procurador delegado primero para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública
El caso de los helicópteros y las conversaciones internas
La investigación de la SIC se centra en seis procesos de contratación realizados entre 2011 y 2023, por un valor superior a los 400.000 millones de pesos, en los que Ecopetrol, Cenit y Ocensa habrían diseñado pliegos y requisitos para favorecer a la empresa Helistar en la contratación de helicópteros. La investigación no vincula a Helistar ni a sus representantes legales, pero sí revisó detalladamente las exigencias técnicas. Uno de los elementos clave fue la exigencia sobre la antigüedad de las aeronaves, que cambió de 5 a 15 años, luego a 10, después a 20 y finalmente fue eliminada en 2023. La SIC encontró conversaciones internas de funcionarios de Cenit y de las áreas de cumplimiento de Ecopetrol y Cenit. En un chat de 2021, un funcionario propuso «Pensemos en speech de seguridad» y otro respondió que tenía «una solución que es sencilla»: fijar un límite de 15 años de antigüedad para las aeronaves porque con esa condición «solo habría un oferente». En otra conversación, un funcionario calificó la ampliación de los requisitos de antigüedad como «la primera alerta seria que veo, sin explicación aparente. Esto es raro».
La SIC también cuestionó la exigencia de que las aeronaves estuvieran en Colombia, blindadas y equipadas, desde etapas tempranas del proceso, lo que elevaba los costos para nuevos competidores y generaba barreras de entrada. Asimismo, el informe examinó la cancelación de procesos licitatorios cuando aparecían más competidores, lo que creaba escenarios de urgencia que permitían abrir procesos con requisitos de disponibilidad inmediata que solo podía cumplir el operador actual. Francisco Melo Rodríguez, superintendente delegado para la Competencia, había sostenido que Ecopetrol y sus filiales debían ser declaradas responsables. No obstante, la advertencia de la Procuraduría obliga a la SIC a responder primero el requerimiento del ente de control. Si esa respuesta no se produce en lo que resta del gobierno de Gustavo Petro, la decisión final quedará en manos de la próxima administración, lo que podría cambiar por completo el rumbo del caso.












