La Red de Veedurías de Colombia radicó una queja disciplinaria contra la jueza segunda penal del Circuito de Bogotá, Nidia Angélica Carrero, por presuntamente solicitar a la Fiscalía que asignara el caso «Marionetas 2.0» a una fiscal que ya había sido relevada de esa función. La denuncia fue presentada ante la Comisión Seccional de Disciplina de la Ciudad de Bogotá mediante un oficio formal dirigido a la Fiscalía General de la Nación, en el que se acusa a la togada de interferir en decisiones administrativas del ente acusador, al pedir que el caso fuera asignado a la fiscal Angélica Córdoba, pese a que esta había sido apartada de la investigación y otra funcionaria ya la había asumido.
Pablo Bustos, presidente y fundador de la Red de Veedurías, aseguró que la jueza actuó sin imparcialidad ni autonomía, desdibujando su rol judicial al interferir en la orientación de la participación acusatoria. “Lo hizo a través de un oficio formal con el cual interfería abiertamente en el quehacer administrativo del órgano acusador por excelencia, con lo cual se trocaban los papeles de juez y parte de interviniente y administradora de justicia. En últimas, se desdibujó el rol del juez para actuar de manera imparcial y autónoma, para interferir en la orientación de la participación acusatoria de la Fiscalía General de la Nación en un caso de corrupción tan emblemático e importante”, declaró Bustos.
Las cifras de una condena histórica
El caso «Marionetas 2.0» consistió en una red de corrupción centrada en el direccionamiento de contratos y la desviación de recursos públicos, con participación de congresistas, contratistas y exfuncionarios estatales. El entramado criminal buscaba direccionar contratos de construcción, implementación y mejoramiento de vías a contratistas específicos a cambio de beneficios electorales. En marzo de 2025, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Ciro Ramírez, del Centro Democrático, por los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos. La Corte determinó que Ramírez lideró la organización criminal mediante la estructuración del Convenio 670 de 2021 y otros contratos. La sentencia impuso una pena de 279 meses y 8 días de prisión, equivalente a más de 23 años, junto con una inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 280 meses y 20 días, además de una multa de 19.402 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El alto tribunal negó al excongresista la suspensión condicional de la ejecución de la pena privativa de la libertad y la prisión domiciliaria.
Suspensión provisional solicitada
La queja disciplinaria presentada contra la jueza Carrero no solo busca que se investigue su conducta, sino que también solicita una medida cautelar urgente. “Hemos solicitado vaya acompañada de una decisión pronta, por cuenta del órgano investigador, de una suspensión provisional. Una jueza así difícilmente puede llevar a buen puerto una investigación en puro y sano derecho y justicia, que dé clara cuenta de lo acontecido allí para el país, en una clara gesta de lucha contra la corrupción y la vigencia del Estado social de derecho”, enfatizó Bustos. La Red de Veedurías considera que la actuación de la jueza compromete la transparencia y la independencia judicial en uno de los casos de corrupción más relevantes de los últimos años.










