Los trabajadores del sector privado en Colombia tienen hasta el 30 de junio de 2026 para solicitar el Día de la Familia, un beneficio semestral que desaparecerá con la entrada en vigor de la jornada máxima de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026. Así lo explicó María Camila Silva Segura, abogada de Scola Abogados y especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social, quien detalló que la reducción de la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales, ordenada por la Ley 2101 de 2021, exonera a los empleadores de conceder este beneficio establecido en la Ley 1857 de 2017. La abogada señaló que los legisladores consideraron que la disminución de seis horas semanales compensa el tiempo antes destinado al Día de la Familia y a dos horas semanales para actividades culturales, deportivas o de capacitación.
El beneficio, que no es acumulable y solo aplica para trabajadores con contrato formal vigente, excluyendo a quienes prestan servicios por honorarios, se extingue al implementar efectivamente la jornada de 42 horas. Sin embargo, la obligación legal desaparece incluso si la empresa ya se acogió a una reducción anticipada, según lo dispuesto en la Ley 2466 de 2025, que no modificó las disposiciones sobre la reducción progresiva. Silva Segura advirtió que quien no solicite el Día de la Familia en el primer semestre pierde el derecho de ese periodo, por lo que recomendó a los trabajadores gestionarlo antes del plazo límite.
Recomendaciones para empleadores y trabajadores
La abogada sugirió a las organizaciones no solo asegurar el cumplimiento oportuno de este último Día de la Familia obligatorio, sino también anticiparse a los cambios normativos y definir si este tipo de beneficios harán parte de su propuesta de valor en el nuevo escenario laboral. El empleador puede mantener el Día de la Familia como beneficio extralegal y articularlo con cajas de compensación familiar, especialmente si está pactado en convenciones colectivas, pactos colectivos o contratos, o si la empresa decide conservarlo como política interna. Silva Segura recomendó programar, otorgar y documentar el último Día de la Familia obligatorio para dejar trazabilidad ante requerimientos de autoridades laborales.
«Sugerimos a las organizaciones no solo asegurar el cumplimiento oportuno de este último Día de la Familia obligatorio, sino también anticiparse a los cambios normativos y definir si este tipo de beneficios harán parte de su propuesta de valor en el nuevo escenario laboral»
María Camila Silva Segura, abogada de Scola Abogados
El Día de la Familia fue establecido por la Ley 1857 de 2017 como un beneficio semestral para trabajadores del sector privado con contrato formal, mientras que la reducción progresiva de la jornada laboral fue ordenada por la Ley 2101 de 2021, sin disminución salarial. Con la entrada en vigor de la jornada máxima de 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026, los empleadores quedarán exonerados de conceder este beneficio, aunque podrán mantenerlo si así lo deciden. Los trabajadores que deseen aprovechar el último Día de la Familia obligatorio deben solicitarlo antes del 30 de junio de 2026, fecha límite para reclamar este derecho que desaparecerá con la nueva normativa laboral.












