Cancillería adjudica contrato por $6.000 millones para logística de posesión de De la Espriella

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La Cancillería de Colombia adjudicó el viernes 11 de julio de 2026 un contrato por más de seis mil millones de pesos colombianos a la empresa Douglas Trade para la logística de eventos institucionales del Ministerio, que incluye de manera central la organización de la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella, prevista para el 7 de agosto de 2026. El contrato, que estará vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año o hasta que se agoten los recursos asignados, cubre el alojamiento de delegaciones, transporte, invitaciones, montaje técnico y protocolo, en medio de un clima de incertidumbre por la sede donde se realizará la transmisión del mando.

De acuerdo con la información oficial, el proceso de licitación arrancó con 17 oferentes iniciales, de los cuales solo tres lograron cumplir todos los requisitos para pasar a la evaluación final. Douglas Trade resultó seleccionada tras superar esa última fase, pero la Cancillería no ha entregado más detalles sobre el cronograma de actividades ni la logística definida para el evento del 7 de agosto. La empresa deberá ejecutar también otros compromisos institucionales de la cartera diplomática durante el resto de 2026.

Disputa por la sede de la posesión

La posesión de Abelardo de la Espriella está inmersa en una controversia legal y política. El presidente electo ha solicitado que la ceremonia se realice en una base militar, pero la Presidencia de Gustavo Petro respondió de forma tajante que la transmisión del mando «no puede darse en una base militar» y debe realizarse ante el Congreso en el Capitolio Nacional, conforme al artículo 192 de la Constitución y la Ley 5 de 1992. En una carta firmada por Mariana Pacheco Montes, coordinadora del empalme del sector de Relaciones Exteriores, la Presidencia argumentó que la solicitud de apoyo para una visita anticipada a varias instalaciones militares —como la Vigésima Brigada en Popayán, CACOM 7, Cantón Militar Pichincha en Cali, Tolemaida y la CAMAN en Madrid— «no es procedente» debido a que está motivada en la eventual decisión de realizar allí la posesión presidencial. La misiva precisó que solo el Congreso puede trasladar su sede mediante un acuerdo entre ambas cámaras, según el artículo 33 de la Ley 5 de 1992, y que hasta ahora no existe tal decisión.

«La solicitud de apoyo para la visita anticipada a la Vigésima Brigada (Popayán), CACOM 7, Cantón Militar Pichincha (Cali), Tolemaida y la CAMAN (Madrid), en cuanto se encuentra motivada, según su propia comunicación, en la eventual decisión de realizar allí la posesión presidencial, no es procedente, por los fundamentos expuestos en el numeral anterior».

Presidencia de la República, carta firmada por Mariana Pacheco Montes

La misma carta recordó que, en cumplimiento del artículo 13 numeral 8 del Decreto 770 de 1982, antes de la transmisión de mando el presidente saliente impondrá al presidente electo la condecoración Orden de Boyacá en grado de Gran Collar y, conforme a la práctica institucional, la Orden de San Carlos (Gran Collar) y la Orden Nacional al Mérito (Gran Cruz Extraordinaria). De la Espriella, por su parte, pidió al Congreso evaluar la opción de la base militar, pero la respuesta oficial de Presidencia ya fijó una posición contraria.

Para que la ceremonia se lleve a cabo de forma válida se requiere un quórum de más de 52 senadores y más de 92 representantes, un umbral que añade presión a la disputa por la sede. Mientras tanto, el contrato multimillonario con Douglas Trade sigue adelante, y la Cancillería no ha precisado si la logística prevista se adaptará a uno u otro escenario. El desenlace de esta controversia definirá no solo el lugar de la posesión, sino la viabilidad del operativo organizado por el Gobierno con recursos públicos millonarios.

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