Corte aplaza fallo de ley de encuestas a días de primera vuelta

Compartir en redes sociales

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió aplazar por dos semanas la decisión sobre la constitucionalidad de la Ley de Encuestas (Ley 2494 de 2025), mientras analiza dos ponencias que piden su anulación total o parcial. La determinación se tomó durante la sesión del jueves 21 de mayo de 2026, a solo tres días de que entre en vigor la veda electoral para la primera vuelta presidencial del 31 de mayo. La presidenta de la Corte, Paola Meneses, y el magistrado Juan Carlos Cortés son los ponentes de las dos demandas ciudadanas que cuestionan la norma.

La ponencia del magistrado Cortés solicita la inexequibilidad total de los once artículos de la ley, al considerar que debió tramitarse como ley estatutaria por afectar derechos fundamentales como la libertad de información y la pluralidad informativa. Por su parte, la magistrada Meneses propone eliminar siete de los once artículos, al estimar que más de la mitad de las disposiciones contradicen la Constitución de 1991. Las dos demandas fueron presentadas por los ciudadanos José David Riveros, cuyo caso estudió Meneses, y Juan Manuel López Molina, analizado por Cortés.

Los argumentos de los demandantes

Uno de los documentos de las demandas señala que «al restringir la validez de los sondeos a modelos estadísticos específicos, prohibir la difusión de encuestas no probabilísticas, exigir condiciones técnicas de difícil cumplimiento y limitar temporalmente la posibilidad de publicar encuestas de intención de voto, la ley reduce sustancialmente la pluralidad informativa». Asimismo, advierte que la norma «concentra la capacidad de intervención en el debate público electoral en actores habilitados por criterios regulatorios estrictos».

La Ley 2494 de 2025 fue aprobada por el Congreso en medio de una fuerte controversia política y desde noviembre de 2025 ya restringía la publicación de encuestas de intención de voto durante los tres meses previos al periodo de inscripciones, lo que generó un vacío de datos públicos en plena precampaña. Entre las exigencias más criticadas se encuentra la de incluir en las mediciones a todas las personas con «relevancia o notoriedad pública significativa», un criterio considerado ambiguo por empresas encuestadoras, sectores políticos y académicos.

«Al restringir la validez de los sondeos a modelos estadísticos específicos, prohibir la difusión de encuestas no probabilísticas, exigir condiciones técnicas de difícil cumplimiento y limitar temporalmente la posibilidad de publicar encuestas de intención de voto, la ley reduce sustancialmente la pluralidad informativa»

Documento de una de las demandas ciudadanas

El aplazamiento mantiene en suspenso las reglas que rigen la publicación de encuestas a menos de diez días de la primera vuelta electoral, generando incertidumbre en los medios de comunicación y las firmas encuestadoras. La Corte deberá definir en las próximas dos semanas si la ley es completamente inconstitucional, si se salvan algunos artículos o si se mantiene vigente, en un contexto donde la veda para difundir sondeos comenzará el 24 de mayo. El fallo será clave para determinar cómo se informará a los ciudadanos en los días previos a las urnas.

Sigue leyendo