El director general del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Ariel Emilio Cortés Martínez, presentó formalmente el pasado 5 de noviembre de 2026 una serie de observaciones al proyecto de decreto del Ministerio del Interior que busca establecer instrucciones para coordinar la atención de fallecimientos en operaciones de la fuerza pública. Mediante una comunicación escrita dirigida al ministro del Interior, Alejandro Ordóñez Maldonado, el funcionario pidió modificar varios artículos de la iniciativa para evitar que las actuaciones de los uniformados durante operaciones militares interfieran en los procedimientos judiciales y médico-legales, y para garantizar la preservación de los cuerpos y la evidencia asociada.
Las observaciones de Medicina Legal surgen en un contexto donde el proyecto de decreto, promovido por el Ministerio del Interior, pretende coordinar la atención de los fallecimientos directamente relacionados con operaciones de la fuerza pública. El instituto busca reforzar la disposición que obliga a informar inmediatamente a la Fiscalía General de la Nación o a la autoridad de policía judicial, y propone cambios concretos para preservar la cadena de custodia desde el momento del levantamiento hasta la entrega del cuerpo a sus familiares.
Observaciones clave al articulado
Entre los puntos más relevantes, Cortés Martínez propuso modificaciones al artículo 4 del proyecto, que establece una prohibición general de traslado de cuerpos y elementos asociados. En su propuesta, el director de Medicina Legal señaló que cualquier movilización excepcional deberá documentarse integralmente, indicando las circunstancias, razones, lugar inicial, recorrido, condiciones de preservación, personal interviniente y autoridad a la que se efectúe la entrega. Asimismo, planteó que se registre cualquier intervención sobre los cuerpos, especificando quién la realizó, cuándo, los motivos y la posición original del cadáver. Además, pidió impedir que las unidades militares trasladen cuerpos por cuenta propia a las sedes de Medicina Legal, IPS o cementerios, dejando claro que esa responsabilidad corresponde a las autoridades judiciales competentes.
En relación con el artículo 2 del proyecto, que se refiere al informe ejecutivo y la duración de las pericias, el instituto sugirió que los plazos para los exámenes forenses se determinen según la complejidad de cada caso y los protocolos aplicables, y no de manera fija como se plantea inicialmente. Se hizo referencia al artículo 205 de la Ley 906 de 2004, que establece un término de 36 horas, pero se aclaró que ciertos casos requieren más tiempo por la necesidad de estudios especializados en patología, antropología, odontología, radiología, genética y toxicología, disciplinas en las que las capacidades de las sedes de Medicina Legal varían significativamente.
«La remisión automática a la sede geográficamente más cercana podría afectar la integralidad del examen, la conservación de los cuerpos y elementos asociados, la oportunidad de los análisis y la aplicación uniforme de los protocolos técnicos.»
Ariel Emilio Cortés Martínez, director general del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
En cuanto al artículo 6, que regula la entrega de cuerpos a los familiares, Medicina Legal solicitó que se preserve la posibilidad de realizar exámenes adicionales ordenados por la autoridad competente, incluso después de la entrega. También pidió aclarar que la entrega no excluye la obligación de poner a disposición los documentos y las muestras necesarias para la identificación del fallecido, un aspecto fundamental cuando se trata de víctimas de operaciones militares que puedan presentar dificultades de identificación.
El instituto invocó el Decreto 780 de 2016, que regula los procedimientos de necropsia, y la Ley 906 de 2004 en su artículo 255, referente a la cadena de custodia, como marcos normativos que deben respetarse en todo momento. Cortés Martínez dejó claro que Medicina Legal no pretende asumir funciones de levantamiento, transporte, policía judicial o custodia masiva de cuerpos, sino velar por que los procedimientos forenses se desarrollen sin interferencias y en coordinación con las autoridades competentes.
La solicitud del director de Medicina Legal busca, en última instancia, que el decreto final garantice la transparencia y la rigurosidad técnica en la atención de los fallecimientos ocurridos en el marco de operaciones de la fuerza pública, protegiendo tanto los derechos de las víctimas como la integridad de las investigaciones judiciales.








