MinSalud: EPS deben reembolsar gastos médicos por urgencias o negligencia

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El Ministerio de Salud de Colombia ha aclarado que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) están obligadas a reconocer y devolver a los usuarios los gastos médicos que hayan asumido directamente en casos de urgencias, cuando exista una autorización expresa por parte de la EPS o ante negligencia comprobada de estas entidades, todo ello de acuerdo con la normativa vigente en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Esta precisión surge como respuesta oficial a una consulta elevada por la Procuraduría General de la Nación en junio de 2025, involucrando también a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).

Los usuarios deben presentar su solicitud de reembolso ante la EPS correspondiente dentro de un plazo máximo de 15 días posteriores al alta médica, adjuntando la factura electrónica o su equivalente temporal, una certificación firmada por el médico tratante y los soportes clínicos como la historia clínica. Este procedimiento no cuenta con un formato único a nivel nacional, por lo que cada EPS define sus propios formularios e internos, sin que puedan exigir requisitos adicionales a los establecidos.

Casos específicos y base legal

Los escenarios cubiertos incluyen atención de urgencias en IPS que no tengan contrato con la EPS del usuario, situaciones en las que la EPS haya dado autorización expresa previamente o cuando se demuestre negligencia por parte de la entidad. La atención de urgencias es obligatoria sin trámites previos y su costo debe ser asumido por la EPS, fundamentado en disposiciones como la Ley 100 de 1993, la Ley 1751 de 2015, el artículo 14 de la Resolución 5261 de 1994, la Ley 1966 de 2019, la Resolución 2275 de 2023 y la Ley 1949 de 2019, que precisan las responsabilidades de las EPS.

Recursos para los usuarios

Si la EPS rechaza la solicitud de reembolso, los afectados pueden reclamar ante la Superintendencia Nacional de Salud. Además, la Corte Constitucional ha protegido el derecho a la salud incluso cuando se excedan los plazos, siempre que exista buena fe por parte del usuario, lo que representa un impacto significativo para miles de colombianos que enfrentan estos imprevistos en el sistema de salud.

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