Pico y Placa en Cartagena: este martes no pueden circular placas terminadas en 9 y 0

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Este martes 11 de agosto, los conductores de vehículos particulares y motocicletas en Cartagena deben recordar que las placas terminadas en 9 y 0 no pueden circular, según la medida de Pico y Placa implementada por la Alcaldía de Cartagena a través de la autoridad de tránsito local. La restricción, que aplica de lunes a viernes excepto domingos y festivos, busca reducir el parque vehicular en circulación para mitigar el tráfico, los accidentes y la contaminación en la ciudad.

Los horarios de la medida varían según el tipo de vehículo. Para los particulares, la prohibición rige de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 6:00 a 8:00 de la noche, mientras que para las motocicletas se extiende desde las 5:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche. Los taxis, por su parte, tienen una restricción continua de 24 horas, desde las 6:00 de la mañana de un día hasta las 6:00 de la mañana del siguiente, aunque para este martes no aplica la restricción por dígito de placa.

Multas y sanciones por incumplimiento

Los conductores que infrinjan la medida de Pico y Placa se exponen a una multa de 711.750 pesos colombianos, equivalente a 15 días de salario mínimo, considerando un salario diario de 47.450 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado como sanción adicional, lo que representa un costo extra y la necesidad de gestionar su recuperación ante las autoridades competentes.

La rotación de dígitos restringidos cambia periódicamente a lo largo del año. Para el martes 11 de agosto, aplicando la tercera rotación que va del 30 de junio al 2 de octubre, los dígitos restringidos serían 1 y 2, pero la información específica para este día indica que son 9 y 0. Los calendarios de rotaciones para todo el año contemplan cuatro periodos, que van desde enero hasta enero de 2027, con cambios en marzo, junio, octubre y enero nuevamente.

Vehículos exentos y cómo solicitar la exención

Existen varios tipos de vehículos que están exentos de la medida de Pico y Placa en Cartagena. Entre ellos se encuentran los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los oficiales, los de emergencia, los de atención médica, los de distribución de medicamentos, los de rescate o traslado de órganos, los de control de tráfico o grúas, los de residuos hospitalarios, los de medios de comunicación, los de servicios turísticos, los de enseñanza automovilística y quienes tengan un Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular. Para solicitar la exención, los interesados deben presentar una solicitud formal que incluya la documentación del vehículo y del conductor, así como el paz y salvo correspondiente, ante las autoridades de tránsito de la ciudad.

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