La Secretaría de Movilidad de Medellín informó que este miércoles 12 de agosto entrará en vigor la restricción vehicular del Pico y Placa, medida que prohibirá la circulación de vehículos particulares cuyas placas terminen en 4 y 6, así como de motocicletas cuyo primer dígito sea 4 y 6. La restricción regirá desde las 5:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche, aplicando para toda la ciudad de Medellín, con el objetivo de reducir el parque automotor, descongestionar el tránsito, disminuir los siniestros viales y mitigar los niveles de contaminación ambiental.
Quienes incumplan la medida se enfrentarán a una multa equivalente a 15 días de salario mínimo diario vigente, es decir, 711.750 pesos colombianos, considerando que el salario mínimo diario asciende a 47.450 pesos. La sanción se encuentra tipificada en el inciso C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, y las autoridades recordaron que la restricción aplica de lunes a viernes en el mismo horario para particulares y motos, mientras que para taxis el horario va de 6:00 a 20:00.
Detalles de la rotación y exenciones
La rotación semanal vigente para el primer semestre de 2026 establece que los lunes no circulan placas terminadas en 1 y 7; los martes, 0 y 3; los miércoles, 4 y 6; los jueves, 5 y 9; y los viernes, 2 y 8. En el caso de las motocicletas, la restricción se aplica según el primer dígito de la placa, siguiendo la misma correspondencia. Cabe señalar que existe una contradicción en la información divulgada anteriormente, que mencionaba las placas 1 y 4 para el miércoles 12 de agosto sin especificar el año, mientras que la rotación actualizada indica que las restringidas son 4 y 6.
No obstante, la Secretaría de Movilidad aclaró que hay vehículos exentos de la restricción sin necesidad de solicitar autorización escrita. Entre estos se encuentran los de emergencia, atención médica, aquellos que funcionan con gas natural, los dedicados al transporte terrestre, distribución de alimentos, servicio público, medios de comunicación, seguridad, personas con discapacidad, vehículos diplomáticos y los autorizados expresamente por la Secretaría. La conexión con el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) permite verificar automáticamente la exención, por lo que no se requiere un trámite adicional.










